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Cinco años de prisión para un varón que abusó sexualmente de una amiga en la noche de San Froilán en la capital leonesa. Esa es la petición del Ministerio Fiscal en las conclusiones provisionales del caso a las que ha tenido acceso leonoticias. El juicio tendrá lugar el próximo miércoles 17 de mayo a partir de las 11:30 horas en la Audiencia Provincial de León.
Los hechos se remontan a la noche del 5 de octubre de 2019 cuando acusado y víctima, que eran amigos y tenían en ese momento 21 años de edad, salieron de fiesta y, como habían hecho en otras ocasiones, fueron al domicilio de ella en la capital leonesa para cenar y dormir.
Ya en la vivienda, y tal como relata el fiscal, ambos jóvenes cenaron, vieron un rato la tele y luego se acostaron para dormir en la cama de ella, como habían hecho en otras ocasiones.
A los 20 minutos de estar en la cama, el acusado comenzó a pegarse a ella y le tocó los genitales, le cogió su mano y se la puso en su pene quedando ella paralizada sin poder moverse ni saber qué hacer. Según relata el escrito del Ministerio Fiscal, ella quedó paralizada ya que nunca habían tenido relaciones con el acusado y le había dicho en alguna ocasión que no era esa el tipo de amistad que quería.
Él siguió tocando los genitales de la víctima sin recibir respuesta de ella ya que continuaba muy rígida por la situación. Después de todo eso, el acusado la penetró vaginalmente e intentó girarla hacía él, pero sin lograrlo ya que ella seguía muy rígida. Se puso encima de ella y volvió a penetrarla. La víctima no logró levantarse de la cama porque continuaba paralizada y sólo por la mañana pudo salir de la habitación y contarle todo a una amiga que le aconsejó que saliera del domicilio.
Tras la denuncia el 8 de octubre de 2019 el Juzgado de Instrucción número 2 de León impuso una orden de alejamiento de 300 metros.
El Ministerio Fiscal considera que los hechos son constitutivos de abusos sexuales y pide para el acusado una pena de cinco años de prisión. A su vez, pide la prohibición de acercarse a menos de 300 metros, en cualquier lugar donde se encuentre, así como acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo, y a cualquier otro que sea frecuentado por ella durante seis años tras la condena, así como la prohibición de comunicarse con ella por ese mismo periodo.
Y, conforme a lo dispuesto en el art. 192.1 del Código Penal, imposición de la medida de libertad vigilada durante 5 años, para su ejecución con posterioridad a la pena de prisión. El acusado también deberá indemnizar por daño moral a la víctima en la cantidad que sea acordada en el proceso.
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