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León
Lunes, 13 de mayo 2019, 12:09
La Comisión de Transparencia de Castilla y León, órgano colegiado adscrito al Procurador del Común, en una reciente resolución, se ha declarado competente para conocer las reclamaciones que los cargos electos locales presenten frente a actuaciones que les impidan tener acceso a cuantos antecedentes, datos o cualquier información de la que disponga la entidad local que haya sido solicitada para el ejercicio de la función de representación política.
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Con esa resolución, la Comisión de Transparencia ha modificado el criterio que venía manteniendo hasta ahora, con la lógica pretensión de garantizar a los cargos representativos locales el acceso a la información en los mismos términos, cuando menos, que a cualquier ciudadano, para lo que se basa en la aplicación supletoria de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Sobre la base de ese cambio de criterio, mediante resolución dirigida a un Ayuntamiento le ha instado para que proporcione a un concejal la información que había solicitado y a la que no había podido acceder.
Hasta ahora, son numerosas las reclamaciones de cargos públicos que solicitaban el acceso a la información a través del Procurador del Común y por tanto la Administración podía aceptar o rechazar sus resoluciones. Ahora, este hecho ya no se producirá, ya que las resoluciones de la Comisión de Transparencia son vinculantes para las Administraciones públicas a las que se dirigen y, por tanto, de obligado cumplimiento para ellas, sin perjuicio de que puedan recurrirlas ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
De esta forma, la Comisión de Transparencia de Castilla y León, en la línea que vienen manteniendo algunos otros órganos autonómicos de garantía del derecho a la información pública, pretende facilitar el acceso a la información de los miembros de las entidades locales, en cuanto presupuesto esencial del derecho constitucional de participación en los asuntos públicos por medio de los representantes políticos.
En consecuencia, el cambio de criterio adoptado por la Comisión supone la manifestación de la voluntad del Comisionado de Transparencia de Castilla y León, que la preside -cargo desempeñado por el Procurador del Común-, de contribuir en mayor medida a garantizar la efectividad del derecho a la información de nuestros representantes en las entidades locales, mediante la aplicación de la novedosa legislación de transparencia existente en España desde el año 2013 y en Castilla y León desde 2015.
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