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Los cambios más relevantes y el impacto sobre la renta del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla y León

Los cambios más relevantes y el impacto sobre la renta del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla y León

RBH Global resume los principales cambios que ha introducido la nueva normativa que entró en vigor el 9 de mayo en la comunidad

Leonoticias

León

Jueves, 17 de junio 2021, 11:57

El 9 de mayo entró en vigor la nueva normativa por la que se rige en Castilla y León el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Desde el despacho de abogados RBH Global, con sede en León y Valladolid, han analizado con ... ejemplos basados en casos reales los principales cambios a tener en cuenta para llevar a cabo cualquier operación relacionada con este tipo de operaciones, especialmente sus efectos a nivel fiscal en la Declaración de la Renta.

Para David Díez, abogado especialista en Fiscal de RBH Global, «la supresión casi total de este Impuesto en Castilla y León va a favorecer el emprendimiento o el relevo generacional en negocios que necesitan cierta financiación para comenzar su actividad. Pero al mismo tiempo, es necesario estar informado del alcance y las particularidades de este tributo autonómico para beneficiarse al máximo de las nuevas exenciones y elegir el mejor momento para realizar una transición patrimonial, ya sea a través de donación o de herencia».

Cambios más relevantes

El principal cambio que introduce la nueva normativa es que las transmisiones 'inter vivos', se verán bonificadas en el 99%, es decir, solo se paga el 1% de impuesto. Esta bonificación podrá realizarse con este por ciento de exención cuando la donación se haga a un cónyuge, descendiente o adoptado, ascendiente o adoptante de la persona que hace la donación, siempre que se formalice en documento público. Si la donación es dinero en metálico, depósitos en cuentas corrientes, a plazo...deberá de quedar justificado el origen del dinero en documento público.

Como requisitos, para donar bienes inmuebles, éstos deberán estar ubicados en Castilla y León. Y para los bienes muebles (un bien o dinero) éstos y la persona que los recibe por medio de una donación también deberán estar situados en Castilla y León a efectos fiscales.

Otro aspecto relevante es que se equiparan a cónyuges las parejas de hecho que hayan convivido al menos durante los dos años anteriores a la fecha del devengo del impuesto y cuya inscripción tuvieran lugar en el Registro de Uniones de hecho de Castilla y León.

Desde RBH Global analizan sobre tres supuestos basados en casos reales el cambio en la cuota tributaria que supone la nueva normativa en la siguiente infografía:

Modificaciones a nivel fiscal en la Declaración de la Renta

Aunque se haya suprimido casi en su totalidad este impuesto, siguen en vigor las tributaciones por donaciones en renta, cuyo alcance explican a continuación desde RBH Global.

El donatario, quien recibe la donación, es quien debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. A el donante, quien hace la donación, le aplican a nivel fiscal: Pago del IRPF, ya que debe tributar la ganancia patrimonial; Plusvalía municipal: impuesto local que se genera por el aumento del valor de los bienes inmueble desde su compra hasta el momento de la donación.

Bajo este marco, todos los bienes que se donan, excepto los bienes fungibles (dinero en metálico) que están exentos de tributación, tributan como ganancias o pérdidas patrimoniales, y su rango de tramos sobre el IRPF es el siguiente:

De 0 a 6000 euros, el 19%; De 6001 a 50000 euros, el 21% ; De 50000 a 150000 euros, el 23% ;De 200000 en adelante, el 26%.

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