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La Audiencia Nacional ha condenado al empresario leonés José Luis Ulibarri a un total de 18 meses de prisión como resultado de sus actividades corruptas en la trama Gürtel. La condena se ve reducida de forma notable, según el auto emitido este viernes y al ... que ha tenido acceso leonoticias, por la «atenuante analógica de confesión en juicio».
Igualmente se condena a otro empresario berciano, José Luis Martínez Parra, a la pena de dos años de prisión con multas asociadas por encima de los 700.000 euros por los delitos cometidos en esta misma trama.
En concreto, Ulibarri es condenado como «autor responsable o como inductor o colaborador necesario con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de confesión como muy cualificada y reparación de daño».
El auto deja ver la condena al empresario por «un delito de prevaricación a las penas de tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público». Además se le impone condena por «un delito de fraude a las administraciones públicas a las penas de seis meses de prisión con inhablitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un plazo de dos años y seis meses».
Ulibarri es condenado por un «delito continuado de falsedad documental en documento mercantil a las penas de seis meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y cuatro meses de multa con una cuota diaria de 10 euros».
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Igualmente se condena al empresario por un delito conta la Hacienda Pública «a las penas de tres meses de prisión con inhabilitación especial» además de «40.000 euros de multa».
Por último se le impone una de tres meses más por el delito de tráfico de influencias. El posible ingreso o no en prisión del empresario queda a la espera de las consecuencias derivadas de dicha condena.
Junto a la condena al empresario leonés José Luis Ulibarri, en el momento de los hechos propietario de Diario de León y accionistas de la Televisión de Castilla y León, se procede a la condena de otro empresario leonés, José Luis Martínez Parra, también en el momento de los hechos con intereses en medios de comunicación a través de La Crónica de León.
Ahora la Audiencia Nacional condena a este segundo empresario leonés a dos años de prisión desglosados en diferentes delitos.
En este caso por el «delito de fraude a las administaciones públicas relacionado con los contratos adjudicados a Teconsa» desde el ayuntamiento de Boadilla y la EMSV se le condena a penas de seis meses de prisión con inhabilitación especial.
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Parra también es condenado por falsedad en documento mercantil a otros seis meses de prisión y el pago de 9.000 euros de multa.
Por último se condena a este empresario berciano por el delito continuado de cohecho activo a las penas de un año de prisión e inhabilitación especial con multa asociada de 700.000 euros.
A ellos se suma la condena al también leonés Blanco Balín por su intermediación en la trama por lo que deberán cumplir más de dos años de prisión.
Más allá de la condena a los dos empresarios leoneses la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha vuelto a condenar al Partido Popular como partícipe a título lucrativo por los contratos de la trama Gürtel. En esta ocasión, se trata de la pieza separada sobre el ayuntamiento de Boadilla del Monte (Madrid) y la sentencia lo es al abono de 204.198,64 euros con responsabilidad directa y solidaria de otros cinco de los 23 condenados.
Entre ellos, figuran el líder de la trama Gürtel, Francisco Correa; su número dos, Pablo Crespo; el exalcalde de Boadilla Arturo González Panero; el que fue contable de la red, José Luis Izquierdo; su asesor fiscal José Ramón Blanco Balín, el asesor fiscal de la trama; el exgerente de la Empresa Municipal de Suelo y Vivienda Tomás Martín Morales y su sucesor, el exdiputado Alfonso Bosch, además de varios empresarios y constructores, según informa ABC.
El auto de la Audiencia Nacional descarta que en la causa se hayan producido dilaciones indebidas que se había pedido por alguno de los acusados en atención a la complejidad de la causa y el esfuerzo necesario para el enjuiciamiento, no existiendo paralizaciones de la misma que justifiquen una atenuación de la pena por ese motivo.
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