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Jorge Cervantes, condenado por el asesinato de Mario Fuentes. ICAL
La Audiencia de León prorroga la prisión provisional de Jorge Cervantes hasta 2030
Crimen de La Torre

La Audiencia de León prorroga la prisión provisional de Jorge Cervantes hasta 2030

El magistrado entiende que no se han modificado las condiciones del asesino de Mario Fuentes y mantiene su decisión hasta la mitad de la pena impuesta

Jueves, 11 de julio 2024, 08:11

La Audiencia Provincial de León ha rechazado la petición de puesta en libertad de Jorge Cervantes, el asesino del universitario Mario Fuentes, que fue condenado a 18 años de prisión.

La sesión se celebró el pasado 13 de junio, en la Sección Tercera, y en la misma se debía resolver sobre si era procedente o no prorrogar su permanencia en prisión hasta el límite de la mitad de su condena.

La fiscal y la acusación particular habían pedido la prórroga de esta medida, cuestión a la que oponía la defensa y solicitaba la libertad provisional al considerar que la sentencia no era firme. Cabe recordar que el letrado del penado está pendiente de que el TSJ se pronuncie sobre un recurso de apelación.

Según ha desvelado El Diario Montañés, el magistrado José Luis Chamorro ha acordado la prórroga de la prisión provisional hasta el 29 de marzo de 2030, momento en el que cumplirá ese 50% de su condena por los hechos ocurridos en mayo de 2021, en el entorno del polígono de La Torre de León.

Los motivos esgrimidos por el presidente de la sala hacían referencia a que persisten las mismas condiciones que en el momento en el acordó la prisión provisional, comunicada y sin fianza de Jorge Cervantes. «Se fundamenta en la necesidad de asegurar la presencia del condenado a disposición de la justicia, evitando un riesgo de posible fuga para el caso de que la sentencia fuese confirmada».

Sobre el riesgo de que abandone la prisión de Mansilla de las Mulas, Chamorro considera que «el riesgo cabe inferir, razonablemente, a partir de la entidad de las penas impuestas, así como la existencia de la propia sentencia condenatoria que, aunque no es firme, se fundamenta no en indicios, sino en auténticos actos de prueba, producidos ante este tribunal que los ha considerado con suficiente potencia para poder entender válidamente desvirtuada la presunción de inocencia del acusado».

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