a. cubillas
Viernes, 22 de julio 2016, 10:35
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La defensa de Montserrat González y Triana Martínez ha anunciado el recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que mantiene intactas la condenada de madre e hija a 22 y 20 años ... de prisión por el asesinato de la dirigente política Isabel Carrasco.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León mantuvo, tras la vista oral celebrada a principios de este mes en Burgos, la condena de 20 años para Triana Martínez como cooperadora necesaria del delito de asesinato con el agravante de atentado contra la autoridad y tenencia ilícita de armas.
Pero no se hizo alusión a la discrepancia que ya quedó patente durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de León, en la hora de la muerte de Isabel Carrasco. En el escrito de la defensa de Triana Martínez, al que ha tenido acceso este diario, el letrado entiende que es un error considerar que Triana recibió el arma de manos de su madre en el pasadizo de Gran Vía de San Marcos.
Es más, vuelve a apoyar su recurso en la hora de la muerte, a las 17:17 horas y no a las 17:15 horas, así como en el tiempo, tres minutos y nueve segundos, que se tarda en recorrer la distancia entre la pasarela donde se asesinó a Isabel Carrasco y el pasadizo donde, según la sentencia, se intercambió el arma con su madre.
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En este sentido, el letrado José Ramón García García ha basado la defensa de Triana en la imposibilidad de que se efectuase esa entrega para solicitar la puesta en libertad de la joven. Otro de los motivos en la prueba de entrega del arma entre madre e hija y la inaplicación de los artículos 451.2 y 454 del Código Penal, en los que se define el encubrimiento no punible por el parentesco de las acusadas, es por el que el abogado defensor entiende que la sentencia del TSJ vulnera la presunción de inocencia de la hija de la asesina confesa.
Locura de Montserrat
Asimismo, el letrado también ha anunciado que presentará recurso por mostrase contrario a la sentencia contra su clienta Montserrat González al entender que hubo un error en la apreciación de la prueba del informe médico-forense.
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El letrado recurre la sentencia de la Audiencia Provincial, insiste en que la mujer sufría un trastorno de ideas delirantes y remarca en que el informe de los peritos públicos «incurre en gravísimos errores al confundirse con la esquizofrenia paranoide». Por ello y apelando a la supuesta locura de la asesina confesa de Isabel Carrasco, pide al Supremo la eximente incompleta de trastorno mental y remarca los fallos
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