Raquel Gago, durante la celebración de la vista oral en León.

Raquel Gago seguirá en libertad provisional hasta que el Tribunal Supremo ratifique la condena de 12 años

El TSJCyL entiende que no existe riesgo de fuga y recuerda que durante 20 días la policía local «estuvo prácticamente condenada» por asesinato y atentado dado que «para ella era imprevisible que la sentencia de la Audiencia se alejase de la decisión del jurado popular»

leonoticias

Lunes, 18 de julio 2016, 20:36

Raquel Gago continuará en libertad provisional. Al menos, hasta que la sentencia, por la que se condena a 12 años de prisión por un delito de cómplice del asesinato de la dirigente política Isabel Carrasco, sea firme en el Tribunal Supremo.

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La Sala ... Civil-Penal del TSJCyL ha acordado no modificar la situación en la que se encuentra la agente de la Policía Local de León, no celebrar la vista solicita por Fiscalía acusación particular y mantener a Gago en libertad provisional con fianza.

La Sala entiende que la condenada se ha mantenido en todo momento a disposición del Tribunal, incluso después de que en el juicio oral, personal y directamente, escuchara el veredicto del Jurado que la declaraba culpable de la muerte de la presidenta de la Diputación Provincial de León.

Además asegura que permaneció durante 20 días prácticamente condenada por asesinato y atentado, con conocimiento de lo que ello podía significar de acuerdo con las penas solicitadas y lo dispuesto en el Código Penal, hasta que se dictó una sentencia.

Convencida de su condena

Es más, según el escrito al que ha tenido acceso este diario, para ella imprevisible, que la sentencia de la Audiencia Provincial de León se apartaba del veredicto y rebajaba notablemente aquellas expectativas ya asumidas y sólo pendientes de apelación.

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Recuerda que en este caso se dispone del inusual caso de que la condenada ha mostrado de forma efectiva su sometimiento a disposición del Tribunal y remarca que no se puede decretar su ingreso en prisión por el hecho de que haya otros presos preventivos condenados a igual o mayor pena.

Es más, continúa en el escrito, la situación personal de un reo no depende exclusiva ni primordialmente de la gravedad de la pena sino de muchas otras circunstancias, entre las que figuran no sólo su mayor o menor capacidad para sustraerse a la ejecución, sino también la flagrancia de sus delitos o su condición de confesos, que no se dan en el presente caso.

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De esta forma, Raquel Gago, a la que el TSJCyL elevó su condena de cinco a 12 años de prisión, se mantendrá en libertad hasta que el Suprema resuelva los recursos de casación que su letrado ya ha anunciado que presentará en los próximos días.

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