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A. Cubillas
Viernes, 1 de abril 2016, 13:23
Raquel Gago ya ha presentado la fianza que avala su libertad provisional. Sin embargo y según apreció la acusación, no cumple la legislación vigente. Según ha podido saber este diario, el letrado ha constituido la fianza hipotecaria apud acta.
Una tipo de finanza que evita ... los gastos de constituir la hipoteca en la notaría y que pretender reservar la disponibilidad del dominio sobre la finca hasta que el procedimiento penal termine. Posibilidad que planteaba el presidente-magistrado en su escrito pero no cumple con los requisitos para que sea admitida como fianza.
Así lo remarcó en su escrito el letrado de la pareja sentimental de Isabel Carrasco, Carlos Rivera, que recuerda que la ley exige como trámite previo a la admisión de la fianza hipotecaria que el bien inmueble ofrecido sea valorado por dos peritos y que los títulos de propiedad sean examinados por el Ministerio Fiscal.
La exigencia de esa doble valoración pericial se debe a que, al tratarse de un bien, carece de un valor manifiesto, al contrario del dinero o de los títulos de valores, y por ello es necesario la valoración pericial de éste para considerar suficiente o no a fianza hipotecaria de un bien, como recoge el artículo 594 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
De ahí que previsiblemente ahora el presidente-magistrado tendrá que hacer una revisión de la documentación presentada por el letrado de la policía local acusada por un delito de encubrimiento y tenencia ilícita de armas para ver si finalmente es aceptada o requiere el doble peritaje como remarcan desde la acusación.
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