Salvador arroyo
Bruselas
Miércoles, 29 de septiembre 2021, 12:10
El acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos, que se cerró in extremis a finales de 2018, incluyó los caladeros del Sáhara Occidental, el territorio sobre el que régimen alauí reclama una soberanía que ni la ONU ni la propia UE (si lo hizo ... la controvertida Administración de Donald Trump) reconocen oficialmente. Ese acuerdo fue denunciado por el Frente Polisario ante la justicia europea que, antes incluso de que se cerrara, ya había dado la razón al 'movimiento de liberación nacional del Sahara' obligando a que cualquier compromiso en ese sentido tuviera en cuenta la opinión del pueblo saharaui.
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La cuestión es que ayer el Tribunal General de Luxemburgo volvió a fallar a favor de los intereses de la que fuera última colonia española y, por ende, en contra de Rabat lo que podría reavivar las tiranteces entre Marruecos y la Unión e incluso poner en jaque la actual distensión en las relaciones entre España y Marruecos, que alcanzaron un punto crítico con la crisis migratoria de Ceuta.
La Cámara judicial ha estimado los recursos presentados en 2019 por el Frente Polisario, que actúa «en nombre del pueblo saharaui», en los que éste sostenía que la UE incumplió las obligaciones «en el marco de sus relaciones
con Marruecos en virtud del Derecho de la Unión y del Derecho Internacional al haber aprobado los acuerdos controvertidos, sin el consentimiento de dicho pueblo» al sellar un compromiso que prevé «la explotación de sus recursos naturales y favorece la política anexionista de Marruecos sobre dicho territorio».
La justicia europea acepta esta tesis y tumba los acuerdos (el pesquero, pero también el agrícola), recordando además que ya en 2016 la sala de Luxemburgo ya había declarado que cualquier pacto bilateral UE-Marruecos no podía incluir el Sáhara Occidental por tratarse de un territorio no autónomo. El Tribunal General afea además la conducta de las instituciones comunitarias, y más en concreto del Consejo de la UE, por no buscar la autorización expresa de esa región. «Los diferentes elementos relativos a la situación particular del Sáhara Occidental invocados por el Consejo no demuestran que fuera imposible en la práctica obtener el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental respecto de los acuerdos controvertidos, en su calidad de tercero respecto de los mismos».
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Por último, destaca que las instituciones «no pueden utilizar el escrito del
consejero jurídico de la ONU de 29 de enero de 2002 como fundamento válido para reemplazar la exigencia de que se expresara dicho consentimiento por el criterio de los beneficios de los acuerdos controvertidos para las poblaciones afectadas». El Tribunal
General concluye que el Consejo no tuvo «suficientemente en cuenta todos los elementos pertinentes relativos a la situación del Sáhara Occidental y consideró erróneamente que gozaba de un margen de apreciación para decidir si procedía atenerse a dicha exigencia».
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Los efectos económicos directos del fallo que se ha hecho público este miércoles serán notables si se tiene en cuenta que más del 90% de las capturas se realizan en caladeros saharauis. Este acuerdo contemplaba además el pago de 52 millones de euros a Marruecos por los cuatro años de autorización de pesca en esas aguas, que daba acceso a un total de 128 barcos europeos, 92 de ellos españoles.
Ese impacto económico, más allá de las consecuencias políticas que puedan derivarse en las próximas semanas, lleva a la justicia europea a plantear que la impugnación del acuerdo no se realice de forma inmediata sino que permite su aplicación «durante un cierto tiempo al objeto de preservar la acción exterior de la Unión Europea y la seguridad jurídica de sus compromisos internacionales». De hecho aún puede ser recurrido ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la instancia más alta del engranaje jurídico de la UE.
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