Los que se alojen en un piso turístico a partir de ahora entrarán en un registro de ocupantes que los propietarios de las viviendas tendrán que entregar a la Policía con el objetivo de rastrear posibles contagios ante rebrotes. Esta lista deberá guardarse por los ... propietarios de viviendas durante un mínimo de 30 días.
Publicidad
Son algunas de las directrices y recomendaciones que recoge esta nueva guía, elaborada por el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) y validado por el Ministerio de Sanidad. Su objetivo, según un comunicado de este jueves, es garantizar la seguridad de turistas, trabajadores y residentes.
Así, cuando el cliente llegue al alojamiento, el responsable de la vivienda realizará su registro verificando su identidad que previamente se haya recogido por internet o por teléfono.
Otra de las medidas que recoge el borrador es que los propietarios de este tipo de alojamientos tienen que dotar a los clientes de un equipo de protección que cuente, al menos, con mascarilla, gel o guantes. Si la vivienda está en un edificio residencial con zonas comunes entre clientes y residentes, el propietario deberá entregar este equipo de protección antes de entrar al edificio.
En el interior de las viviendas deberá haber información sobre las medidas de prevención e higiénico-sanitarias a seguir por el cliente, así como con el protocolo que se debe seguir en caso de que sospeche haberse contagiado. Esta información debe encontrarse en al menos una lengua extranjera.
También se recomienda reducir la decoración y los textiles (sábanas, toallas) en la medida de lo posible, así como las alfombras. Las papeleras deben contar con bolsa y tapa de accionamiento no manual; las mantas y almohadas en los armarios deben encontrarse protegidas; las perchas, en caso de que no se ofrezcan precintadas, deben ser desinfectadas a la salida del cliente y se deben facilitar los teléfonos de emergencia y hospitales más cercanos públicos y privados.
Publicidad
Aunque el protocolo afecta a todas las viviendas turísticas en España, quedan fuera de estas directrices tanto las viviendas turísticas que se comercializan por habitaciones como aquellas en las que no se cuente con trabajadores contratados.
Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.