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Cartel publicitario de Bit2me en la fachada de un edificio en Madrid. r. c.
La CNMV vetará que la publicidad de criptoactivos ensalce rentabilidades pasadas

La CNMV vetará que la publicidad de criptoactivos ensalce rentabilidades pasadas

A partir del 17 de febrero entrará en vigor la nueva regulación por la que todas las campañas dirigidas a más de 100.000 personas tendrán que pasar el visto bueno del supervisor

Lunes, 17 de enero 2022, 11:55

«La publicidad sobre criptoactivos deberá ser clara, equilibrada, imparcial y no engañosa». Bajo esta premisa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pondrá en marcha la vigilancia sobre las campañas que se lancen a partir del 17 de febrero, cuando entre en vigor ... la norma publicada este lunes en el BOE.

En concreto, las campañas consideradas como masivas -aquellas dirigidas a más de 100.000 personas- tendrán que comunicar su contenido a la CNMV con un plazo de 10 días de antelación para demostrar que cumplen los requisitos. Entre ellos, destaca el interés del supervisor de que dicha publicidad no incluya referencias a elevadas rentabilidades pasadas.

Si lo hacen, estas no deberán ser de un periodo inferior a 12 meses. Tampoco podrán destacarse sobre el resto de la información detallada y, por último, deberá advertirse «de forma destacada que las rentabilidades pasadas no constituyen un indicador fiable de las rentabilidades futuras».

Si la campaña no se comunica, o la CNMV considera que se incumplen los criterios establecidos, se consideraría como una infracción grave, con lo que la multa sería de 300.000 euros o el doble del beneficio obtenido.

Protección minorista

La nueva norma llega en un momento de máxima preocupación por parte de los organismos supervisores y reguladores, incluido el Banco de España, sobre la fuerte incursión de la inversión en criptomonedas por parte de los inversores minoristas, ante el temor de que no sean conscientes del riesgo y la volatilidad que entrañan este tipo de activos.

Por eso, el control no se ejercerá solo sobre los anuncios en televisión, cine, radio, prensa, móviles, folletos, marquesinas, etc. La vigilancia extrema de la CNMV también llegará a las redes sociales, donde numerosos 'influencers' se han convertido en los últimos tiempos en imagen de este mundo, pudiendo arrastrar con ellos a sus millones de seguidores.

En la publicidad emitida a través de esta vía, el control no solo se ejercerá sobre la publicidad directa, sino también cuando se reenvíen «textos o contenidos compartidos por un tercero, en particular clientes, en los que se respalden o destaquen expresamente los beneficios del criptoactivo publicitado, aunque no haya generado el contenido original de la comunicación».

El supervisor deja claro, además, que aunque la regulación está destinada a las campañas masivas, también se reservará el control sobre el resto de acciones que considere, pudiendo exigir el cese o rectificación de la publicidad que no se ajuste a lo previsto en la norma.

La CNMV hace especial hincapié en un lenguaje que debe ser «sencillo y fácil de comprender» con un tipo de letra «fácilmente legible». Y será especialmente cuidadosa a la hora de vigilar que todos los anuncios incluyan severas advertencias.

En concreto, deberán resaltar un texto visible que especifique que «la inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido». Y tendrá que señalarse, mediante código QR o con un enlace, una llamada a más información sobre los riesgos con el siguiente texto: «Es importante leer y comprender los riesgos de esta inversión que se explican detalladamente en esta ubicación».

La CNMV también exigirá que se evite aludir al término 'regalo' o similar en aquellos casos en que pueda existir un incentivo para operar con un criptoactivos «y, en particular, en todas aquellas operaciones que la normativa fiscal califique como retribución en especie».

Información detallada

Además de proporcionar el detalle de los criptoactivos objeto de la campaña, la información remitida a la CNMV tendrán que contener también una descripción del público objetivo y una relación de los medios de comunicación y soportes publicitarios utilizados para su difusión.

Además, las empresas tendrán que mantener un registro con los datos generales de la campaña, como la fecha de inicio y cierre, ámbito territorial, estimación cuantitativa del número de personas a las que van dirigidas, etc. Del mismo modo, tendrán que conservar un ejemplar de todas las piezas publicitarias en sus distintos formatos, además de los contratos firmados para su difusión.

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