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Los ayuntamientos podrán utilizar el superávit logrado en 2018 para financiar escuelas infantiles, rehabilitar edificios o fomentar el empleo y la construcción, entre otras inversiones, durante 2019 que además podrán ejecutarse también durante 2020. La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha informado de ... que Hacienda les ha prometido por carta que elaborará una norma con rango de ley que garantice esta posibilidad.
Así, podrán hacer uso del superávit conseguido en 2018, en línea con lo previsto en el proyecto de Presupuestos para 2019 que no se llegó a aprobar por falta de apoyo parlamentario. Desde Hacienda explican a este periódico que debido a la falta de PGE, o se aprueba esta norma o no podría utilizarse estos 5.000 millones.
La norma, que incluirá una ampliación del catálogo de inversiones financieramente sostenibles, no tiene fecha de aprobación concreta, pero todo hace indicar que tendrá que ser antes de las elecciones. Lo que no está claro aún es si será a través de un real decreto ley -que debería ser convalidado por la diputación permanente- o simplemente con la modificación de la norma.
«Considerando que se trata de una voluntad unánimemente compartida por los gobiernos locales, trabajamos en la aprobación de una norma con rango de ley posibilitando, al igual que ocurrió en alguno de los ejercicios desde 2013, la prórroga de la aplicación de la regla especial del destino del superávit», dice la carta remitida por Hacienda a la FEMP.
Asimismo, destacan que los ayuntamientos podrán iniciar los procedimientos de gestión correspondientes de cara a ir agilizando los trámites previos hasta la definitiva aprobación de la norma, considerando los plazos en los que se deben ejecutar esos proyectos de inversión, 2019 y 2020.
También en materia económica, la FEMP ha acordado pedir que se apruebe mediante decreto una reforma de la normativa sobre plusvalías locales para «acabar con la inseguridad jurídica a la que consistorios y ciudadanos se siguen enfrentando». El Tribunal Constitucional anuló el impuesto en 2017 y avaló que los contribuyentes no lo pagaran cuando la venta de la vivienda les generase pérdida. El año pasado, el Tribunal Supremo estableció por su parte que los ciudadanos tengan que demostrar la pérdida para no pagar plusvalía.
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