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Hacienda ya ha devuelto lo correspondiente en la declaración de la Renta a más de 4,5 millones de personas, según los últimos datos hechos públicos por la Agencia Tributaria hace una semana. Los pagos realizados superaban entonces los 3.000 millones de euros, un ... 14% más que el año pasado, a pesar de que no se había puesto aún en funcionamiento el programa de presentación presencial en las oficinas de la AEAT, que dio el pistoletazo de salida el pasado 14 de mayo.
Los contribuyentes que hayan presentado su declaración en las últimas semanas y estén aun pendientes de la devolución -si corresponde- tienen la opción de consultar el estado de la tramitación en la web de la Agencia Tributaria. Hay que acceder a la página principal y dentro de la pestaña de la Renta, hay que ir a la opción 'Servicios de tramitación borrador'.
Así, en el apartado 'Estado de Tramitación' aparecerá un mensaje diferente dependiendo de cada caso. Si aparece 'Su declaración se está tramitando' o 'Su declaración está siendo comprobada', la persona deberá esperar aún unos días para saber la fecha en la que recibirá el ingreso. Así, cuando la Agencia efectúa las comprobaciones necesarias, se indica en un mensaje en la misma web cuándo se emitirá la devolución.
Hacienda recomienda que si se trata de una devolución y sigue pendiente, la persona acceda a su expediente para comprobar si está dentro del sistema llamado 'Verifica', «lo que le permitirá agilizar la devolución», aseguran. A los contribuyentes con devoluciones pendientes que cumplan los requisitos del sistema les aparecerá un mensaje informando de la posibilidad de agilizar la comprobación y posterior devolución.
Para poder acceder a este sistema de 'Verifica' hay que utilizar certificado electrónico, DNIe o Clave Pin, lo mismo que para entrar a la propia declaración en la web de la AEAT. Una vez dentro del programa, se mostrará una pantalla en la que se informa de la existencia de incidencias en su declaración y de una posible minoración de su devolución. Si el contribuyente sigue avanzando en el procedimiento, que podrá interrumpir si prefiere optar por el sistema de comprobación tradicional, concluirá con la notificación de una propuesta de liquidación con la devolución minorada.
En el caso de que la corrección la realice un tercero, será necesario que disponga de dos apoderamientos por parte del contribuyente, uno para recibir notificaciones y otro general para realizar trámites tributarios o específico para la gestión de la declaración del IRPF.
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