Impulsar la rehabilitación del parque edificado en España para conseguir que ses mucho más eficiente en términos energéticos es uno de los grandes objetivos del Plan de Recuperación español, con una partida de 6.820 millones de euros, la segunda más importante por importe, dentro ... de los fondos Next Generation.
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Además de beneficiarse de estas ayudas, los ciudadanos también pueden obtener determinadas ventajas fiscales si optan por este tipo de reformas que, además, ayudarán a un mayor ahorro energético en las viviendas.
En este entorno, el Consejo General de Economistas de España (CGE) y el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) han presentado una Guía sobre desgravaciones a través de las ayudas europeas, entre las que destacan importantes desgravaciones sobre el IRPF.
En concreto, se puede acceder a una deducción del 20% del importe de las obras en vivienda habitual o alquilada (o si se alquila antes de que acae 2023) si con las mismas se logra reducir la demanda de calefacción y refrigeración en, al menos, un 7%. Para estos casos, la base máxima de deducción es de 5.000 euros al año.
Otra de las deducciones contempladas asciende al 40% de las obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en, al menos, un 30%, o bien se mejore la calificación energética para obtener una clase A o B. Para estos supuestos, el máximo a deducir son 7.500 euros al año.
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Si se va un paso más en términos de eficiencia, la máxima deducción a la que se puede acceder es al 60% de las cantidades pagadas por las obras en viviendas de edificios de uso predominantemente residencial para mejorar el consumo de energía en un 30% o se mejore la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B.
La base máxima de deducción en este caso es de 5.000 euros al año, mientras que la base máxima acumulada de deducción no puede superar los 15.000 euros.
Además de estas desgravaciones, los ciuddanos también se pueden beneficiar de la aplicación del tipo reducido del IVA para las obras de rehabilitación de edificios, aunque «es necesario que el objeto principal de las obras sea la construcción de la edificación y que el coste exceda del 25% del precio de adquisición».
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Desde el Consejo General de Economistas recuerdan que, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), más de la mitad de los edificios residenciales en España son anteriores a 1980. Es decir, anterior a la entrada en vigor de la primera normativa reguladora de las condiciones términas. Más del 81,0 % de los edificios existentes se sitúa en las letras E, F o G, en términos de emisiones, aumentando dicho porcentaje hasta el 84,5 % de los edificios en el caso del consumo energético, «lo que pone de manifiesto el importante potencial de la rehabilitación energética».
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