En pleno debate sobre la revisión de la política energética en España y en Europa, dada la subida de precios y la guerra en Ucrania, la Audiencia Nacional ha confirmado la imposición de cuatro multas a Endesa por 15,3 millones de euros por la ... emisión de partículas radiactivas en la central nuclear de Ascó I (Tarragona) en 2007.
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La sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con ponencia del magistrado Fernando de Mateo, desestima el recurso de la empresa energética contra la decisión del Ministerio de Industria de 2009, que castigó a la compañía por cuatro infracciones graves de la Ley de Seguridad Nuclear.
Endesa era la explotadora responsable de la central de Ascó I y los hechos se remontan al 26 de noviembre de 2007 y en fechas posteriores. Por este motivo, se incoaron diligencias penales contra varios directivos de la plataforma, que concluyeron con el sobreseimiento provisional de marzo de 2020 dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona. Por dicho motivo estuvo suspendida la tramitación del recurso contencioso-administrativo hasta que no se cerró la vía penal.
La primera sanción, cuyo importe es de 7,5 millones, es por la emisión de partículas radiactivas «con potencial de superación de los límites de dosis normativamente establecidos». Esto es, por no haberse establecido el control de contaminación externa del personal una vez descubierta la contaminación del emplazamiento y por no haber clasificado, señalizado y delimitado radiológicamente las zonas de libre acceso de la central nuclear.
La segunda, cuya sanción es de tres millones, es por el incumplimiento de la Instrucción IS-10 del Consejo de Seguridad Nuclear de 25 de julio de 2006, por la que se establecen los criterios de notificación de sucesos por parte de las centrales, al no haberse informado de los hallazgos de partículas hasta el día 4 de abril de 2008, y también, por el incumplimiento de la Instrucción IS-14 del Consejo de Seguridad Nuclear de 24 de octubre de 2007, sobre la Inspección Residente del Consejo de Seguridad Nuclear.
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La tercera infracción, cuya sanción es también de tres millones, es por no haberse proporcionado a la Inspección Residente «información pronta y veraz» sobre la contaminación en zona de libre acceso de la central nuclear en marzo y abril de 2008.Y la cuarta multa, que asciende a 1,8 millones, es por el incumplimiento del Manual de Protección Radiológica de Ascó I, «al no haber dejado constancia en los registros de vigilancia de la contaminación encontrada en zonas de libre acceso», señala la sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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