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La CNMV prohíbe la publicidad de productos financieros complejos entre minoristas

El supervisor aprueba la norma que restringe la comercialización de CFDs, que han generado pérdidas a entre un 70% y un 90% de los inversores

Miércoles, 12 de julio 2023, 11:35

Ni publicidad en los eventos ni equipos deportivos, ni en las redes sociales ni mucho menos a través de insistentes llamadas desde call centers. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sacado adelante una nueva normativa con la que pretende reforzar la protección al minorista en materia de los denominados contratos por diferencia (CFDs), ante la evidencia que las medidas de intervención que ya existen desde 2018 «han resultado insuficientes» para frenar las pérdidas sufridas por los inversores con estos productos caracterizados por su elevada complejidad y apalancamiento.

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En los próximos días, el Boletín Oficial del Estado publicará la nueva normativa con la que se regulará la publicidad y las prácticas de comercialización de estas inversiones, que básicamente consisten en productos derivados al contado, generalmente sin vencimiento, que permiten realizar operaciones sobre los movimientos de los precios sin poseer el activo subyacente (que va desde acciones nacionales o internacionales, a índices, materias primas o criptoactivos, entre otros) .

Las estimaciones de la CNMV apuntan a que entre un 70% y un 90% de los minoristas - dependiendo de la entidad – pierde dinero con esta inversión. Así que la nueva normativa se centrará en restringir al máximo cualquier reclamo para que los particulares inviertan en estos activos.

Fuentes del supervisor certifican que el texto, que entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, prohibirá la publicidad dirigida al público minorista de CFDs, así como la publicidad de marcas, el patrocinio en organizaciones deportivas o de personas de relevancia pública con fines publicitarios. Sin ir más lejos, equipos como el Atlético de Madrid o el Betis llevaron en su día el patrocionio de empresas comercializadoras como PlusUltra o EasyMarkerts, que ya han retirado.

Pero el nombre de algunas comercializadoras se sigue viendo en los estadios y, sobre todo, en redes sociales y banners publicitarios con los que la CNMV quiere acabar de una vez por todas. La normativa también incluirá la prohibición de que estas firmas utilicen call center para la captación de clientes en CFDs, ante las malas prácticas detectadas en estos años por esta vía. Por eso, también se restringe la retribución variable que los comerciales perciben por captar clientes. Y también se prohíben los webinars o todo tipo de actuaciones formativas gratuitas en torno a este producto.

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Fuentes de la CNMV confirman que la decisión de sacar adelante esta norma viene dada ante la evidencia de que sus anteriores actuaciones no han impedido que se desarrollen «campañas masivas de publicidad, marca o patrocinios dirigidos al público general que da la apariencia de que se trata de un producto adecuado para todo tipo de inversores».

«En muchos casos, esta publicidad generalizada se acompaña de una comercialización agresiva, con llamadas reiteradas y prácticas de retribución a la red de ventas que generan conflictos de interés», insisten. El supervisor ha llegado a detectar incluso la presencia de comerciales que no están capacitados para comercializar productos de inversión en este tipo de actuaciones.

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El desarrollo de la norma, no obstante, no incluirá sanciones específicas para los que la incumplan. Eso sí, desde la CNMV recuerdan que 12 entidades comercializadoras ya han cesado su actividad en España como consecuencia de este cerco supervisor al sector. «En todos los casos, actuaban en libre prestación de servicios -sin sucursal en España -», indica el organismo. Para este tipo de entidades, la norma prevé que, si hay motivos claros y demostrables, se podría terminar retirando el pasaporte que permite operar en el país.

Los registros de la CNMV apuntan a que, a cierre de 2021, había unos 60.000 clientes que operaban con CFDs en España, con un volumen de unos 155.000 millones de euros en valor nominal. El organismo apunta a que unas ocho entidades copan actualmente este volumen. «No es un número elevado y se concentra en entidades especializadas, pues las grandes financieras no operan ampliamente en CFDs», apuntan en referencia a las firmas que podrían verse afectadas por la nueva normativa.

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