El Deportivo, junto con el Numancia, militarán la próxima campaña en Segunda B.

Deniegan al Deportivo la cautelar y se mantienen su descenso y el de Numancia

El juez considera que no ha lugar a la medida solicitada de suspensión de la resolución dictada por el Consejo Superior de Deportes (CSD) el 27 de agosto sobre el calendario de LaLiga SmartBank con 22 equipos, sin el Deportivo y el Numancia

efe

Madrid

Lunes, 7 de septiembre 2020, 19:37

El Juzgado de lo contencioso-administrativo 1 de Madrid ha acordado mantener el inicio del campeonato de Segunda División el próximo fin de semana al haber denegado la cautelarísima que había pedido el Deportivo para paralizar la competición.

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El juez, según adelantó ... As y ha confirmado Efe, considera que no ha lugar a la medida solicitada de suspensión de la resolución dictada por el Consejo Superior de Deportes (CSD) el 27 de agosto sobre el calendario de LaLiga SmartBank con 22 equipos, sin el Deportivo y el Numancia, descendidos en la última jornada.

En el fallo, el juzgado acuerda, no obstante, dar audiencia por tres días al CSD a fin de apreciar las circunstancias de especial urgencia y ordenar la tramitación del incidente cautelar.

El magistrado explica que no «dispone en este momento procesal de todos los elementos jurídicos» que permitan «valorar la cuestión de fondo de manera completa».

Arguye, asimismo, que «desde la perspectiva de la ponderación de los intereses en conflicto, tampoco se acredita que el interés invocado pudiera prevalecer frente al interés público consistente en el temporáneo desarrollo de las competiciones deportivas oficiales«.

En este sentido, añade que es «evidente que la imposibilidad de celebración de las competiciones deportivas oficiales hasta que se dicte sentencia firme en el presente proceso implica un perjuicio al interés público«.

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El juez abunda en que «no es razonable» que «un acto general de afectación a múltiples agentes pudiera quedar suspendido por las discrepancias que a título individual contengan algunos competidores, ni que la demora en la resolución de estos procesos jurídicos puede motivar que paralicen las competiciones deportivas nacionales hasta que tales procesos jurídicos finalicen«.

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