El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la representación de un cura y su hermano, condenados inicialmente por la Audiencia Provincial de León a penas de dos y cuatro años por abusar sexualmente de ... una persona con discapacidad en la localidad de Carrizo.
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El recurso, planteado por el despacho leonés de Carro Hurtado Abogados, ha sido admitido en su totalidad y remarca que las periciales realizadas en su día no fueron concluyentes en ningún caso como para condenar a los acusados.
El Tribunal Superior de Justicia apunta a la baja credibilidad del testimonio del denunciante, un joven de 26 años que sufre una discapacidad del 59% a nivel psíquico. Igualmente cuestiona que fuera rechazada una pericial clave en este caso.
Al mismo tiempo, el alto tribunal de Castilla y León incide -analizando el amplio recurso planteado por el letrado Jorge Carro- en la baja verosimilitud del testimonio principal apuntando que «no parece que concurran corroboraciones periféricas de carácter objetivo que avalen la versión ofrecida por el denunciante».
Igualmente se apunta la «imaginación desbordante y cierta obsesión por los temas sexuales» de la presunta víctima, remarcando que «no resulta verosímil su declaración» en diferentes aspectos de la misma.
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El sentencia, a la que ha tenido acceso leonoticias, evidencia que existe «contradicción en cuando a los hechos objetivos en sí». Todo ello antes de apuntar que «en lo relativo a la persistencia de la incriminación, ya hemos apuntado que el denunciante modifica su versión a lo largo del proceso», detallando aspectos de la misma que se contraponen y contradicen con los propios hechos así como narraciones previas de los encuentros sexuales que supuestamente había mantenido.
Fue la Audiencia Provincial de León quien condenó al cura y su hermano por abusos sexuales en 2018 a un joven de 26 años que sufría una discapacidad del 59%, según los autos. El fallo también imponía una orden de alejamiento de 500 metros sobre la víctima y una indemnización de 6.000 euros.
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Inicialmente en el fallo, ahora anulado, se condenó al sacerdote y a su hermano a sendas penas de prisión de dos años y tres meses y cuatro años y seis meses, respectivamente, por un delito de abuso sexual en la localidad de Carrizo de la Ribera.
Los hechos denunciados databan inicialmente del verano de 2018, cuando el sacerdote y su hermano, que regentaba el estanco de la localidad, fueron objeto de la denuncia ahora desestimada y que en primera instancia resultó condenatoria imponiendo una orden de alejamiento de 500 metros sobre la víctima y la prohibición de establecer cualquier tipo de contacto con él durante siete años.
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Además se les impuso una medida de libertad vigilada posterior a su condena en prisión durante seis años y deberá superar un programa de reeducación sexual para evitar comportamientos similares en el futuro. Todos estos aspectos de la sentencia de la Audiencia Provincial quedan ahora desestimados.
El hermano del sacerdote fue condenado por la Audienia a cuatro años y seis meses y una orden de alejamiento también de 500 metros sobre la víctima y la prohibición de establecer cualquier tipo de contacto con él durante siete años. También fue condenado a libertad vigilada para los cuatro años posteriores a su salida de prisión.
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Los dos condenados deberían, además, abonar 6.000 euros a la víctima en concepto de daño moral y 101,41 euros a Sacyl por la asistencia prestada en urgencias al denunciante.
La condena anulada fijaba que el cura y su germano establecieron una relación de amistad con el joven, conscientes de su discapacidad, y comenzaron a frecuentar una finca que los dos hermanos compartían.
Allí y con la excusa de prepararle para el momento en el que tuviera novia, comenzaron según la Audiencia los abusos sexuales y advirtiéndole de que era algo secreto entre ellos hasta que el joven se lo confesó a uno de sus tíos.
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El sacerdote le decía al joven -según la Audiencia- que «eso se lo hacía para saber si era fértil y para que, cuando tuviera novia, pudiera tener hijos», que no podía contárselo a nadie porque estaba bajo «secreto de confesión», que «le iba a buscar una residencia donde hubiera muchas chicas con las que pudiera tener relaciones sexuales» y que «le iba a incluir en su testamento y a regalarle algún animal».
Durante esa misma primavera, el hermano del clérigo invitaba a la víctima a su domicilio, ubicado encima del estanco que regentaba en la localidad, y le obligaba a que se recostase con él en la cama para masturbarle, también según se advirtió en la primera instancia.
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Ahora todos los hechos probados en la Audiencia Provincial quedan derogados por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León quien cuestiona biertamente la declaración del denunciante hasta el punto de desestimarlo declarando la inocencia de los dos acusados.
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