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Tras la videoconferencia que celebraron el pasado viernes los representantes de Urcacyl con el Consejero de Empleo e Industria, German Barrios, en la que mostró su preocupación por la situación de las Cooperativas, sus socios y sus trabajadores, y en las que se puso ... a su disposición para llevar adelante las sugerencias de Urcacyl, relativas a una serie de modificaciones normativas que facilitaran el desarrollo societario de estas empresas, dado que las competencias en legislación cooperativa están transferidas a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, desde la organización de Cooperativas se le ha remitido un escrito en el que se formalizan estas peticiones sustanciándolas jurídicamente.
La imposibilidad de reunirse debido a la COVID-19, que limitará los aforos e impondrá una nueva normalidad a la hora de reunirse, la cooperativa ve imposible celebrar sus asambleas generales mediante videoconferencia. La falta de red en muchos municipios y la alta media de edad de los socios imposibilitan esta opción.
Por ello, entre otras cosas, solicitan que los delegados nombrados en las Juntas preparatorias celebradas el pasado año 2019, tengan vigencia para las Asamblea Generales a celebrar este año 2020, sin necesidad de que sean elegidos previa y nuevamente en Juntas preparatorias, así mismo, que, al objeto de dar una mayor participación a los socios, se posibilite que el asistente a la Asamblea General pueda representar hasta otros cinco socios de la cooperativa, en vez de hasta dos como sucede ahora.
Desde Urcacyl se solicita que la adaptación de los Estatutos de las Cooperativas a la nueva Ley, cuya obligatoriedad vencía en el mes de junio del presente año, y que se iba a prorrogar mediante la Ley de presupuestos un año más, tal y como en su día se hizo tras la promulgación de la Ley 4/ 2020 de 11 de abril y el plazo inicial establecido para la adaptación de los Estatutos a la misma, se prorrogue hasta finales del año 2021.
Por otro lado, se reclama agilidad en los Registros con respectos a los Estatutos enviados a calificar previamente o a inscribir las adaptaciones ya realizadas.
La modificación que se solicita a la Ley de Cooperativas de Castilla y León, ya ha sido recogida por el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, con respecto a lo regulado en el artículo 56 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas (Ley nacional, con apenas aplicación en nuestro territorio), que en su Artículo 13, establece Medidas extraordinarias para flexibilizar de forma temporal el uso del Fondo de Promoción y Educación de las Cooperativas con la finalidad de paliar los efectos del COVID-19.
En las circunstancias actuales se puede prever la utilización de este Fondo, para ayudar a salir de la pandemia del Coronavirus: prestando ayudas, realizando aportaciones a entidades benéficas sitas dentro del ámbito geográfico de las cooperativas, ayudando a los pueblos, comprando material sanitario o realizando tareas de desinfección entre otras. Estas finalidades podrían caber dentro del apartado del Artículo 72 de la Ley de Cooperativas cuando se refiere a la «atención de los objetivos de incidencia social… en el territorio del ámbito determinado en los Estatutos de la cooperativa».
De esta manera se podría atender a una vertiente social, de la que se beneficiarían con medidas preventivas o curativas, personas afectadas directa o indirectamente por el COVID-19, así como colectivos especialmente vulnerables de la sociedad, bien mediante acciones propias o bien mediante donaciones a otras entidades, públicas o privadas. También podrían contribuir estos fondos a paliar una situación de falta de liquidez. Todo ello con una modificación normativa que no tiene impacto alguno en las cuentas públicas, pues son fondos generados directamente por las cooperativas y lo único que se solicita es un destino complementario al actual.
La Comunidad de Castilla y León dispone de un Fondo de Fomento del Cooperativismo, de carácter extrapresupuestario, al que se destinan los fondos irrepartibles de las Cooperativas que se liquiden. Este fondo debe destinarse a la difusión y fomento del cooperativismo en el ámbito territorial de la región, según Urcacyl.
Este Fondo, ya existente, está provisto de caudales procedentes de las disoluciones de algunas cooperativas y hasta ahora no se le ha dado uso alguno, por lo que desde Urcacyl se solicita que se utilice para realizar una edición en papel y en soporte digital de la normativa vigente en cooperativismo a nivel regional, para propiciar la incorporación de jóvenes y mujeres a las Cooperativas, mediante acciones formativas a realizar por las Asociaciones de Cooperativas en proporción a la actividad económica y social de sus entidades asociadas. Y para facilitar la digitalización de las Asociaciones de Cooperativas, la adquisición de tecnología para establecer plataformas de videoconferencias y facilitar el teletrabajo, y adquisición de herramientas que faciliten una nueva forma de trabajar con sus entidades socias, vinculada a las nuevas tecnologías.La Administración de la Comunidad de Castilla y León constituirá un Fondo de Fomento del Cooperativismo, de carácter extrapresupuestario, al que irán destinadas las resultas del Fondo de Educación y Promoción de las sociedades que se liquiden y que estará destinado a la difusión y fomento del cooperativismo en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 94 de esta ley
Por último, desde Urcacyl se urge a la Junta de Castilla y León a que dicte cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la Ley 2/2018, así como para acordar las medidas adecuadas que garanticen el uso de medios electrónicos en los procedimientos regulados por la misma, tal y como se contiene en su disposición final Primera.
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