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El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por la asociación Abogados Cristianos contra la decisión de Junta de establecer un límite de aforo de 25 personas en las celebraciones religiosas durante la pandemia de Covid 19. Según detalló la presidenta de la organización, Polonia ... Castellanos, esta sentencia «debería tener consecuencias políticas y jurídicas», y por ello desde la asociación estudian exigir «al Ministerio de Política Territorial y Función Pública o a los organismos competentes» la «separación del servicio o la suspensión de funciones» para Fernández Mañueco, ya que «habría cometido una falta muy grave según el artículo 81 de la Ley 7/2005 de la Función Pública de Castilla y León».
La sentencia considera que la limitación impuesta fue «una medida sin duda gravosa para la práctica de las manifestaciones colectivas de la religión católica, con afectación de un derecho fundamental, y cuya proporcionalidad es abiertamente insuficiente». «Las restricciones de Mañueco a la libertad religiosa fueron mucho más restrictivas que las que impuso el propio PSOE a través de los estados de alarma», lamentó Castellanos, que consideró que «el PP nacional debería exigir a Mañueco las mismas explicaciones que pidió al PSOE por los estados de alarma ilegales».
«Mañueco se arrogó competencias ilegales para imponer restricciones a derechos fundamentales como el de libertad religiosa, y fueron medidas discriminatorias porque solo iban contra la libertad religiosa», afirmó en declaraciones recogidas por Ical, donde censuró que al mismo tiempo «se podía ir de rebajas y los sindicatos podían organizar reuniones con más de 200 asistentes mientras el límite de fieles que podían acceder a la catedral de Burgos o de Salamanca era de 25 personas».
«Esto tiene que tener algún tipo de repercusión, porque un presidente autonómico no puede prohibirnos ir a misa sin que tenga ninguna consecuencia. No se pueden vulnerar los derechos fundamentales o restringir la liberta religiosa sin ninguna repercusión», sentenció antes de considerar que el fallo, publicado en la noche de ayer miércoles, supondrá «un desgaste político» para el presidente de la Junta en vísperas de los comicios autonómicos del próximo domingo, 13 de febrero.
«Si él fuera suficientemente honrado, tras esta sentencia debería abandonar motu propio. Si no lo hace nosotros lo vamos a solicitar, porque es evidente que una persona que viola la constitución no puede representar a los ciudadanos». «Su propio partido debería hacer algo al respecto. No sé si el PP se puede permitir tener como abanderado de una comunidad a una persona que el Supremo dice que ha incumplido la ley para vulnerar la libertad religiosa», concluyó antes de recalcar que en Castilla y León se impusieron «las medidas más restrictivas respecto a la libertad religiosa de toda España».
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