El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) apoya la demanda del Consejo de la Abogacía de Castilla y León (CACYL) y ha enviado a los juzgados y tribunales de la Comunidad la recomendación de no realizar notificaciones ni señalamientos durante el periodo navideño ... . Un compromiso adquirido entre ambos agentes jurídicos en la última Comisión Mixta ante la demora en la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, donde se recoge la declaración de inhabilidad entre el 24 de diciembre y el 6 de enero.
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En la Comisión Mixta, celebrada el pasado 8 de noviembre, entre el CACYL y el TSJCyL también se acordó trasladar a los secretarios coordinadores la necesidad de que las vistas recuperen la presencialidad tras la pandemia y aprobar el Protocolo de Buenas Prácticas Procesales.
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La inhabilidad del periodo navideño es una demanda histórica de la abogacía para poder conciliar con las mismas oportunidades que existen en otras profesiones. El Ministerio de Justicia incorporó a principios de 2021 esta petición en el Proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia, pero los retrasos en su tramitación parlamentaria harán imposible su entrada en vigor este año. Además, está pendiente de aprobación la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que igualmente contempla la inhabilidad de dicho periodo a través de enmienda.
El TSJCyL también ha atendido la solicitud de la abogacía de la Comunidad para que vuelva la presencialidad de las vistas, ya que desde la llegada de la pandemia existe una disparidad de actuación en los distintos juzgados. Así, el máximo órgano judicial de Castilla y León ha informado al Consejo General del Poder Judicial y a los secretarios coordinadores de la Comunidad sobre la obligatoriedad de que la constitución del juez en la sede sea presencial, salvo circunstancias muy especiales vinculadas al fundamento de las normas de excepción.
El CACYL y el TSJCyL también han aprobado el Protocolo de Buenas Prácticas. El objetivo de estas recomendaciones, dirigidas a todos los operadores jurídicos, es contribuir a la agilización de la tramitación de todo procedimiento jurisdiccional y a la eficacia y eficiencia procesal. El texto, que atiende a las tramitaciones escritas, las orales y las suspensiones de actos procesales y vistas, se centra especialmente en la jurisdicción civil-mercantil y en la contencioso-administrativa.
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