El Procurador del Común ha informado de que ha iniciado una actuación de oficio para lograr un equilibrio entre el fomento y promoción de las energías renovables, en este caso la generada por la luz solar, y el mantenimiento y desarrollo del sector primario en ... el medio rural, considerando la importancia del mismo en Castilla y León.
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«Esta acción viene motivada por el incremento de solicitudes para la instalación de parques de producción de energía solar, en el marco de las nuevas directrices marcadas por el reciente Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 en favor de las energías renovables, y las previsiones de orden temporal dispuestas por el Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, en cuanto a las fechas límite previstas para la presentación y tramitación de las solicitudes», destacan desde el organismo. Además, desde el Procurador del Común añaden que es necesario buscar el equilibrio máxime cuando algunas organizaciones agrarias han expresado sus reservas en relación al creciente número de solicitudes y las eventuales consecuencias negativas que la proliferación de estas instalaciones puede suponer principalmente para la agricultura.
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«Obtenida la información que se consideró necesaria, la Defensoría ha trasladado a la administración autonómica y a las diputaciones provinciales una serie de recomendaciones», aseguran desde la entidad. Entre dichas recomendaciones, las enviadas a la administración autonómica, pasan por que las resoluciones que se dicten en los expedientes de autorización de uso excepcional en suelo rústico impidan, con carácter general, su implantación en zonas que dispongan de algún tipo de protección reconocida, fundamentalmente, por el carácter agropecuario de los terrenos, para que sigan manteniendo ese destino.
En esta misma línea, también se recomienda que se niegue la autorización de uso excepcional en suelo rústico en aquellos terrenos que hayan recibido algún tipo de inversión pública; por ejemplo, para la construcción de infraestructuras de regadío y/o la modernización de las explotaciones agrarias existentes.
En el caso de los proyectos de generación de energía fotovoltaica que se pretendan instalar en terrenos de propiedad de ayuntamientos o juntas vecinales, se ha recomendado a las diputaciones provinciales que la administración se asegure de que se están cumpliendo los requisitos exigidos en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.«Para lo que ha de comprobar que se halla debidamente justificada la inviabilidad económica del aprovechamiento agropecuario tradicional de los terrenos correspondientes que se viene realizando y que, por lo tanto, resulta de interés, como opción posible, la adjudicación a un tercero de dichos terrenos para la instalación de plantas de producción fotovoltaica mediante el pago del precio acordado», destacan desde el Procurador del Común,
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La entidad añade que, en caso de que la entidad local titular de los terrenos de naturaleza comunal no acredite la inviabilidad del uso primario, la diputación provincial debería denegar la autorización solicitada.
«Ese mismo criterio, es decir, la viabilidad o no del uso primario de los terrenos debe guiar las decisiones que adopte la entidad local respecto de los que tengan naturaleza patrimonial en el momento de decidir sobre el eventual cambio de uso de aquellos en favor de la cesión para la producción de energía fotovoltaica», concluyen desde el Procurador del Común.
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