El Procurador del Común ha dictado una resolución, de fecha 5 de septiembre, en la que pide al Ayuntamiento de Valladolid que «a la menor brevedad posible» realice una serie de mediciones y comprobaciones en la gasolinera situada en Arca Real 111, para determinar si ... se cumplen tanto los niveles de ruido y vibraciones, como los de emisiones de gases que pudieran salir de esta estación de servicio, que lleva algo más de 18 meses en funcionamiento.
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Esta unidad de suministro de combustible, que dispone además de un lavadero para coches, opera con la licencia que solicitó en octubre del 2015 la mercantil Diesel Services & Trucks 2012, y su instalación provocó el rechazo de la Asociación de Vecinos San Gil, de Ecologistas en Acción, y de la Asociación Española de Enfermos Medioambientales.
Todos estos colectivos, junto a dos particulares que residen en viviendas de una planta y a menos de 50 metros de la gasolinera, presentaron en su día recursos administrativos, que los técnicos de la Concejalía de Urbanismo rechazaron, por entender que la actividad que se solicitó cumplía con la normativa anterior.
Los técnicos del Servicio de Control de Legalidad Urbanística emitieron, en noviembre del 2016, un informe favorable para obtener la licencia de obras.
Según consta en la documentación que ha analizado el Procurador del Común, también el Servicio Municipal de Medio Ambiente dictaminó en sendos informes, de marzo y junio de 2016, que el proyecto de la mercantil «cumplía con los requisitos ambientales exigidos» en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2003.
Estos pronunciamientos se realizaron para responder a las alegaciones de los colectivos que se oponían a la estación de servicio, por «el grave riesgo de la proximidad a las viviendas de un incendio, así como por la contaminación y concentración de productos cancerígenos, como el benceno».
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Los técnicos municipales respondieron que la gasolinera que se quería instalar cumplía los criterios ambientales exigidos, «sin que se pueda limitar 'a priori' el número de estaciones de servicio que pueden existir en el término municipal de Valladolid». Además, aseguraban en su rechazo a las alegaciones que «las gasolinas no llevan el benceno, como componente».
Sin embargo, en una resolución del Procurador del Común de hace cinco semanas, que responde a la queja vecinal por malos olores y ruidos, la institución del Defensor regional ha detectado deficiencias en la tramitación administrativa, por las cuales ha aceptado la reclamación y pide la intervención municipal para subsanarlas.
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El Procurador del Común sostiene que pese a que en la normativa actual no existe ninguna regulación que obligue a limitar el número de gasolineras (los colectivos que recurrieron su instalación a finales del 2015 recordaron que la proliferación de estaciones 'low cost' se había acelerado en la zona de Argales y Arco de Ladrillo, donde operaban otras tradicionales), la decisión de Diesel Servicies & Trucks se encuentra amparada en la libertad de empresa que recoge el artículo 38 de la Constitución, dice el Defensor regional.
Aún así, la Procuraduría pretende que la Administración municipal adopte medidas para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, «asegurando también el descanso de los vecinos al entender, de acuerdo con el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que en determinados casos especiales de gravedad, ciertos daños ambientales (...) pueden atentar contra su derecho al respeto a la vida privada y familiar, privándolas del disfrute de su domicilio».
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Por ello, el Defensor regional insta al Ayuntamiento para que «proceda a la mayor brevedad posible a la resolución de los recursos de reposición», que hayan interpuesto frente al acuerdo de la Junta de Gobierno Local, que el 7 de junio de 2017 concedió las licencias ambiental y de obras a la empresa Diesel Services.
Reclama además al Consistorio vallisoletano que «realice un estudio de medición de ruidos y vibraciones por los técnicos competentes, desde el interior de las viviendas de la calle Malva, con el fin de comprobar que el impacto acústico de los vehículos a motor que acceden a la gasolinera y al sistema de lavado manual de coches no supera el límite de los niveles fijados».
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Dice también que en el supuesto de que se superasen éstos «se requiera por la Corporación a la empresa que subsane todas las deficiencias que se hubieron podido detectar».
La Institución regional se pronuncia en su informe sobre los efectos que causarían a los vecinos los gases de la estación de servicio de no estar controlados.
«Dada la presencia de personas que padecen enfermedades relacionadas con la sensibilidad química múltiple en la calle Malva 2, se compruebe también por los técnicos municipales que el funcionamiento de los sistemas de recuperación de los compuestos orgánicos volátiles (COV's), instalados con el fin de reducir la emisión de vapores a la atmósfera, es el adecuado, y que los productos que se utilizan en el lavado manual, no suponen ningún riesgo para la salud», recoge la resolución del Procurador del Común.
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