
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte subvencionará con entre 10.000 y 35.000 euros proyectos culturales en municipios de menos de 20.000 habitantes, según las bases reguladores de la orden CYT/684/2024, de 4 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).
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Serán subvencionables aquellos proyectos culturales dirigidos a «fortalecer y ampliar» la oferta cultural de los municipios del medio rural de menos de 20.000 habitantes de Castilla y León, así como la «dinamización e innovación de los sectores y agentes culturales y creativos implantados en el medio rural, favoreciendo la creación de empleo y la puesta en valor del patrimonio, la historia, la cultura y los saberes tradicionales». Si el proyecto subvencionable tiene carácter supramunicipal, la suma de los habitantes de todos los municipios implicados en los que tengan lugar el proyecto cultural no podrá ser superior a 20.000 habitantes.
Los proyectos subvencionables deberán contener alguna de las siguientes actividades. En primer lugar, eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo y música, magia, literatura, fotografía, arquitectura, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares o los que impliquen el uso de nuevas tecnologías.
En segundo, laboratorios de ideas, actividades de educación y mediación artística y cultural, así como aquellas que favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en la población del territorio. Y en tercero, proyectos relacionados con el patrimonio cultural inmaterial, los que relacionan la cultura y las artes, con la ciencia y/o los saberes tradicionales o con las prácticas contemporáneas.
Quedan fuera actividades, ferias o celebraciones comerciales o de promoción turística; acciones culturales incluidas dentro de las programaciones de fiestas populares; aquellas de carácter religiosas o deportivas; otras benéficas orientadas a la recaudación de fondos y premios y galas.
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El importe de la subvención correspondiente a cada proyecto será el total de la cantidad solicitada, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a los siguientes criterios: ninguna de las subvenciones que se conceda podrá ser inferior a 10.000 euros ni superior a 35.000 euros por proyecto subvencionado, ni superar el 80 por ciento del presupuesto total.
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