Borrar
Las oficinas del 112. Antonio Quintero
Un juez obliga al 112 a facilitar con tres meses los horarios de su personal

Un juez obliga al 112 a facilitar con tres meses los horarios de su personal

El comité denunció en abril que la empresa comunicaba los turnos cuatrimestalmente y que dejó de hacerlo de forma unilateral

Jorge Moreno

Valladolid

Domingo, 15 de septiembre 2019, 21:11

El magistrado de lo Social número 4 ha impuesto al Grupo Norte Agrupación Empresarial de Servicios la obligación de publicar los cuadrantes con los horarios de la plantilla del Servicio de Emergencias 112 de Castilla y León con una antelación trimestral, una circunstancia cuyo ... incumplimiento fue denunciado por el comité de empresa el pasado mes de abril.

El Grupo Norte gestiona desde 2006 la prestación de este servicio de llamadas telefónicas, desde la sede del antiguo Hospital Militar, a cuyos empleados se les aplica el convenio colectivo estatal de Contact Center. Desde mayo del 2018, la Junta renovó esta adjudicación.

En una sentencia por este conflicto colectivo, en la que se reconoce el derecho de los trabajadores, se señala que desde la época inicial Grupo Norte ha venido comunicando a la plantilla los horarios con una antelación trimestral, y desde enero de 2017, a solicitud de la Sección Sindical de CC OO, con una periodicidad previa cuatrimestral, sin perjuicio de que se hicieran modificaciones derivadas de incidencias.

Los turnos

Sin embargo, en el mes de abril de 2018 «la empresa dejó de publicar el cuadrante de horarios, pasando a hacerlo de forma mensual». Aunque se abrió una negociación por el cambio de las condiciones, estas finalizaron sin acuerdo y la dirección manifestó su intención de seguir comunicando los cuadrantes del servicio de forma mensual. Ello generó un malestar en Emergencias 112 después de que Grupo Norte indicase que «no existía obligación ni a favor ni en contra de los mismos, y que si genera tanto descontento, no se concederá ningún cambio de turno».

En estas circunstancias, los trabajadores comenzaron a solicitar mediante un formulario los cambios con otros compañeros, a los que la empresa accedía si no lo impedían razones organizativas. Pese a ello, desde octubre del 2018 Grupo Norte denegó, según el fallo, las solicitudes de tales cambios de turno, por lo que el comité de empresa lo llevó a los tribunales.

Es su resolución judicial, el magistrado cuestiona la actitud empresarial por cuanto en el periodo de la prestación de los servicios la empresa «ha venido comunicando a la plantilla los horarios con una antelación trimestral, y desde enero de 2017 con una periodicidad previa cuatrimestral».

Condiciones beneficiosas

Recuerda además que aunque el convenio de Contact Center señala que las empresas publicarán los horarios de trabajo con al menos 14 días de antelación a la fecha de inicio, y que se podrán modificar dentro de las bandas fijadas de un máximo del 20% de la plantilla en supuestos de campañas y servicios, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece la aplicación de las condiciones más beneficiosas para los trabajadores si estas se mantienen en el tiempo.

Por ello, estima el juez la demanda del comité y condena al Grupo Norte a publicar los horarios de su plantilla tres meses antes.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

leonoticias Un juez obliga al 112 a facilitar con tres meses los horarios de su personal