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Jueves, 27 de abril 2023, 09:17
La Consejería de Industria, Comercio y Empleo convoca dos líneas de ayudas destinadas a cubrir los costes salariales de trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo este año y para contrataciones de empleados en situación o riesgo de exclusión social en las empresas de ... inserción. Así lo recogen dos extractos del 24 de abril que publica en su edición de este jueves el Boletín Oficial de Castilla y León (BocyL).
En cuanto a la dirigida a los centros especiales de empleo, la cuantía de la subvención consistirá en el 50 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada anualidad correspondiente a cada puesto de trabajo por cuenta ajena ocupado por trabajadores con discapacidad que realicen una jornada laboral completa y que esté en alta en la Seguridad Social. En el supuesto de contrato de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada.
Las solicitudes para las subvenciones de costes salariales deberán presentarse dentro del mes siguiente al de referencia. Se exceptúan las solicitudes de costes salariales correspondientes a los meses de diciembre de 2022 y enero, febrero, marzo y abril de 2023, que deberán presentarse desde el 2 de mayo hasta el 31 de mayo de 2023, y la correspondiente al mes de noviembre de 2023 que deberá presentarse desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 15 de diciembre de 2023. En este caso, el plazo máximo finaliza el 15 de diciembre de 2023.
Respecto a los centros especiales de empleo, la cuantía de la subvención consistirá en el abono de una cantidad máxima equivalente al 50 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional en cada anualidad correspondiente al puesto de trabajo por cuenta ajena ocupado por personas en situación o riesgo de exclusión social que realice o haya realizado una jornada laboral completa y que esté o haya estado en alta en la Seguridad Social en el período subvencionable.
Las solicitudes correspondientes al primer período subvencionable que comprende desde el 1 de agosto de 2022 al 31 de marzo de 2023 podrán presentarse desde el 2 de mayo al 31 de mayo de 2023. Las correspondientes al segundo período subvencionable que comprende desde el 1 de abril de 2023 al 31 de julio de 2023 podrán presentarse desde el día 1 de agosto de 2023 al 18 de septiembre de 2023.
Por otro lado, la Consejería convoca también las subvenciones para el año 2023 para la incorporación de socios trabajadores o de trabajo y la financiación de proyectos de inversión en cooperativas y sociedades laborales.
Su objetivo es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales, de desempleados y de aquellos trabajadores con contrato de trabajo temporal en la misma en la que se integran como socios; así como apoyar el desarrollo de proyectos de creación y consolidación de este tipo de empresas de la economía social mediante una mejora de la competitividad a través de la financiación de proyectos de inversión.
La cuantía de la subvención será de 5.500 euros por cada persona, si bien puede ampliarse hasta los 7.000 si es mujer o pertenece a cinco colectivos determinados. En el caso de personas con discapacidad, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y, en el caso de personas desempleadas en situación de exclusión social, la cuantía será de 8.000 euros, siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa. Estas ayudas pueden solicitarse del 2 al 30 de mayo.
En cuanto a las subvenciones para la financiación de proyectos de inversión, el importe se determinará mediante la aplicación de criterios objetivos recogidos en la orden de convocatoria, sin que pueda rebasarse el 50 por ciento del coste de adquisición de activos, excluidos impuestos. Se pueden solicitar desde el 2 de mayo y hasta el 30 de junio.
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