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La Fiscalía de Valladolid ha anunciado recurso de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en el caso Samaniego por considerar que los delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios (art. 439 del C. Penal) y de fraude a la ... Administración (art. 436 del C.Penal) que se consideran probados en la sentencia deben de ser penados de forma separada y no de forma conjunta y con una única pena como se realiza en la sentencia.
La Fiscal entiende que la calificación jurídica que corresponde a ambos delitos es la de concurso real de delitos y no la de concurso de normas que realiza la sentencia.
La sentencia considera probada la comisión de ambos delitos pero al apreciar la existencia de un concurso de normas entre ellos, impone una pena única por ambos delitos.
Los delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios y de fraude a la Administración suponen, a juicio del Fiscal, conductas delictivas distintas y diferenciadas, protegen bienes jurídicos diferentes y persiguen fines distintos por lo que deben de ser sancionados de forma individual y diferenciada.
La respuesta punitiva de la sentencia, con una única pena, no cubre todo el desvalor de las conductas que se declaran probadas en la sentencia y que integran ambos delitos de tal manera que una parte de los hechos delictivos probados quedan sin sanción, razón por la que se pretende recurrir la sentencia.
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