Secciones
Servicios
Destacamos
La generalización de una normativa deja damnificados por el camino. Al final, cada persona es una historia y una excepción y los cambios normativos de la Renta Garantizada de Ciudadanía, aunque han perseguido adaptarse más a las realidades individuales a la par que garantizar que ... no haya abusos contra el sistema, han dejado fuera casos en situaciones muy duras. Y así lo detecta el Procurador delComún a donde van a parar muchas de las reclamaciones de los usuarios cuando el recorrido administrativo se estanca.
Desde Salamanca, se presenta el caso de un refugiado sirio que llegó a España al amparo de la protección internacional al huir de un conflicto bélico. Si en lugar de Castilla y León hubiera recalado en Canarias, sus ayudas hubieran sido otras; pero llegó a Castilla y León. La normativa de la Junta establece una edad mínima de 25 años para percibir esta renta de ciudadanía y, en base a ello, se le denegó. No es el primer caso y, de momento, no será el único.
El joven, de 24 años y que prefiere aunque sea mayor de edad protegerse bajo sus iniciales A. A., solicitó amparo y asilo y así fue beneficiario del programa de actuación integral de Cepaim, organización de acogida de refugiados. Un plan de acogimiento financiado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, que dicha ONG gestiona en Salamanca, y a través del cual percibió ayudas y atención a sus necesidades básicas.
26.675 beneficiarios acumula actualmente Castilla y León de la renta Garantizada de Ciudadanía. Perciben uan cuantía media de 530 euros. Son datos del primer cuatrimestre de este año 2019.
Dejó padres y hermanos al otro lado del mundo. Hace ya más de cinco años que, desde Turquía, entró en Europa y dos que lleva en Salamanca. El recorrido de huida, guerra, barco y necesidades aún abruma a A. A. Y hecha de menos todo, contacta con su familia «cuando ellos pueden por internet, están bien». Y este joven, mientras, lucha por abrirse caminos en España, Cepaim le ha abierto esas puertas pero no tiene trabajo ni estudios, esto último ya lo está resolviendo, cursa la ESO y su sueño es convertirse en médico. «Busco la manera de llegar a la Universidad y de estudiar Medicina». Es su sueño; pero «me resulta difícil todo: el idioma –aunque habla un buen español ya–, la cultura, la falta de medios... todo. Es muy difícil y muy duro». Desde la organización que ampara a este joven, Cepaim, su coordinador Javier González explica que este no es el único caso. «Nosotros desarrollamos proyectos de empleo y desarrollo rural en la provincia de Salamanca y Soria, en especial para la lucha contra la despoblación y gestionamos plazas de acogida de personas solicitantes de protección internacional del sistema nacional de acogida del Ministerio de Trabajo migraciones y Seguridad Social».
Destaca el Procurador del Común que «lo cierto es que la queja hace evidente que las personas menores de 25 años que se ven obligadas a solicitar protección internacional pueden estar en una situación de absoluta vulnerabilidad y podría ser corregida con la oportuna modificación normativa para permitir el acceso a dichas solicitudes a la prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía y –destaca– que en estos términos admitió a trámite la queja para su tramitación». Así esta procuraduría repasó la normativa de otras autonomías. Canarias, destaca la resolución, exime del requisito para estos casos de estar empadronado y de residir legalmente, con una antelación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la ayuda y también es flexible en cuanto a la citada cuestión de la edad .
Destaca este informe de la oficina de Tomás Quintana que Ley de 2009, que regula el derecho de asilo y de la protección subsidiaria, desarrolla el sistema de acogida de protección internacional, a través de itinerarios de preparación para la autonomía personal y la inserción social y laboral de los destinatarios, que puede extenderse hasta los 30 meses en casos de persona vulnerables, sin que los destinatarios puedan percibir prestaciones por el mismo concepto de forma simultánea.
A. A. Refugiado sirio
En el caso de este refugiado sirio, según informa la propia Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, el interesado recibió inicialmente la ayuda de la entidad ACCEM desde abril de 2018 hasta marzo de 2019, y, en todo caso, con carácter general, las prestaciones iniciales para el colectivo de personas a las que se está haciendo referencia tienen un límite temporal. Y, pese a ello, no es ese el motivo por el que la Junta le deniega tal ayuda económica, sino la edad. En base a todo esto, el Procurador delComún insta a la modificación normativa necesaria para introducir «una exención específica a la edad mínima de 25 años, a los efectos del reconocimiento del derecho a esta renta, para los refugiados o beneficiarios de protección subsidiaria, o con solicitud de protección internacional en trámite o que tengan autorizada su estancia o residencia en España por razones humanitarias, en el marco de la legislación reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria.
Yelitza Monrroy. refugiada venezolana
La Junta destaca que ya existen excepciones como cuando estos menores de 25 años «tienen hijos a su cargo, cuando han estado tutelados y los que llevan viviendo al menos tres años de forma independiente. No obstante, la Consejería de Familia explica que está estudiando como articular los cambios; pero destaca que cambiará y ampliará los supuestos aunque tardará aún un tiempo, más de un año».
La legislación no solo deja fuera a estos menores de 25 años por suponerlos amparados por la unidad familiar u otras prestaciones, que no es el caso de los refugiados, sino a los mayores de 65 años porque es la pensión no contributiva la que les da amparo. El problema, explican desde Cepaim, es que para recibir esta prestación económica hace falta o ser español o llevar al menos diez años en el país. Este es el caso de Alberto Hernández y Yelitza Monrroy. La situación política venezolana les 'obligó' a salir de su país. En España, además de compartir idioma, tenían una hermana en Madrid y «conocíamos España y Salamanca como turistas. Seguir en Venezuela era imposible, toda la familia se ha ido a Argentina,a Perú o EE UU», explica Alberto quien lleva más de 15 años jubilado y con problemas de salud;pero «la pensión de mi país me la han retirado al venir aquí. Y no tengo ingreso ninguno». Yelitza sí estaba activa, «trabajaba en la Universidad de Maracaibo, en investigación estadística agrícola y, por ello, vivía en una situación de continuo hostigamiento. El problema es que no encuentro trabajo porque para homologar mi título tengo que contratar a alguien allí para que me haga el papeleo y no es fácil.Mientras tanto he hecho cursos aquí de informática, y en la Pontificia, y otros que me serán reconocidos cuando logre la homologación». El matrimonio lleva en España desde 2016.
alberto hernández. refugiado veenzolano
«Nos ayudan los amigos y la familia; además de esta organización. Estamos muy agradecidos a España;pero ahora nos quedamos sin nada.Tenemos apoyos del Banco de Alimentos y otros, ayudas de emergencia social y ahora esperamos una nueva respuesta a la solicitud de la renta garantizada».
La pérdida o no concesión de la Renta Garantizada de Ciudadanía también ha llegado al Procurador delComún con dos quejas, de Burgos y Ávila, que llevan a esta oficina a analizar la necesidad de que se paguen retrasos cuando, aunque en la fecha de denegación ya no se cumplan los requisitos, sí se respondía a los mismos en la de la solicitud y también estudia los casos de viaje fuera de la región
En cuanto a la primera, revisa la situación de un solicitante de la Renta de Ciudadanía en Burgos al que se le deniega porque está trabajando. Si bien tal situación es incompatible con este salario social, el demandante sí cumplía el requisito de estar en el paro cuando lo solicitó y durante tres meses, incluso considerando el tiempo en que se tarda en tramitar. El Procurador resuelve que le sea reconocido el derecho a la prestación, «correspondiendo el abono de un pago único en concepto de atrasos» el tiempo que no tenía trabajo, entre el mes de enero y marzo de 2019.
El otro caso que analiza el equipo de Tomás Quintana es el de una mujer residente en Ávila que pidió permiso para salir de Castilla y León por la enfermedad y cirugía de su padre;pero un cambio de fechas hizo no coincidir la solicitud con los días exactos indicados a la Consejería de Familia y, finalmente, perdió la prestación. El Procurador del Común apela fundamentalmente a la necesidad de informar bien de trámites y plazos a los beneficiarios de la ayuda, «debiendo poner especial atención, al margen de formalidades procedimentales, en aquellos casos referidos a cuestiones que afectan a colectivos con dificultades para la atención de sus necesidades básicas».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.