Un grupo de turistas intercambian impresiones en la Plaza Mayor. Laya

Los dueños de pisos turísticos serán multados si sus inquilinos cometen actos incívicos

La nueva ordenanza obliga al propietario a contratar un seguro con un límite mínimo de cobertura anual de 150.000 euros

Viernes, 16 de agosto 2019, 12:18

El Ayuntamiento mantiene a exposición pública hasta el próximo 25 de septiembre la nueva ordenanza municipal reguladora de los apartamentos y viviendas de uso turístico, con el fin de que los ciudadanos puedan aportar sugerencias o presentar alegaciones para mejorar los contenidos de las ... misma. Un total de 18 artículos vertebran el borrador de la ordenanza, cuyos contenidos fueron presentados el 13 de noviembre de 2018 por el entonces concejal de Cultura y Turismo, Julio López Revuelta.

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Entre los 18 epígrafes del articulado sobresalen varios artículos que definen la tipología de las posibles infracciones que pueden cometer los propietarios de los pisos turísticos -catalogadas como leves, graves o muy graves dependiendo de su naturaleza e idiosincracia- y la cuantía de las sanciones correspondientes a cada una de ellas.

Llama especialmente la atención el artículo 14 de la ordenanza, donde se tipifica como sanciones «graves y muy graves» que el propietario «no adopte las medidas y precauciones oportunas para evitar actos o comportamientos incívicos o molestos de los clientes del establecimiento en horario nocturno», según lo estipulado en la ordenanza municipal para la protección del medio ambiente contra la emisión ruidos y vibraciones.

En la ordenanza se cataloga también como falta grave «el ejercicio efectivo de la actividad y la apertura al público del establecimiento por parte de una persona distinta a la que figure en la licencia de apertura o declaración de conformidad del establecimiento como su titular, sin haber realizado correctamente la comunicación de su cambio de titularidad con la documentación necesaria exigible», así como «la oposición activa o por omisión y el mero entorpecimiento de las funciones de inspección por parte de la Policía Local y los servicios técnicos municipales». También puede adquirir el rango de falta grave «el incumplimiento por parte del titular de la obligación de mantener contratado y en vigor un seguro de responsabilidad civil por el importe establecido durante el desarrollo de la actividad del establecimiento».

Además, podrá convertirse en infracciones graves o muy graves «el incumplimiento por parte del titular del establecimiento de las obligaciones en materia de salubridad, seguridad y evacuación durante el desarrollo de la actividad del establecimiento».

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Otros casos

Además de la incapacidad del propietario para adoptar medidas con el fin de evitar la comisión de actos íncívicos parte de las personas alojadas en la vivienda turística, se clasificarán como faltas muy graves «el ejercicio de una actividad no amparada por la correspondiente licencia de apertura con la documentación necesaria exigible», además de la presentación de documentos o certificaciones técnicas «relativas a establecimientos, actividades o instalaciones que no se corresponden con la realidad».

También adquirirá la consideración de falta muy grave, tal como se remarca en la nueva ordenanza municipal, la reincidencia en la comisión de cualquier infracción grave durante un plazo de dos años.

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En materia de sanciones, la nueva ordenanza municipal no arroja ningún tipo de duda y se muestra taxativa, dado que las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 750 euros, mientras que las infracciones graves serán castigadas con multas de hasta 1.5000 euros y la clausura del establecimiento o la actividad por un periodo no superior a tres meses.

En lo que se refiere a las infracciones muy graves, las multas podrán elevarse hasta los 3.000 euros, junto con la clausura de la vivienda turística por un espacio no superior a los seis meses.

Extintor y detectores de humos en todos los dormitorios

La ordenanza municipal que permanecerá a exposición pública hasta el próximo 26 de septiembre detalla de forma muy concreta los criterios y requisitos que deben cumplir las viviendas turísticas. La normativa estipula que, en materia de seguridad y prevención de incendios, la vivienda deberá disponer de un extintor debidamente señalizado, de luminaria de emergencia sobre la puerta de salida y en la cara interior de la misma se colocará un plano de evacuación.

Cada dormitorio tendrá que contar con un detector de humos, que podrá ser de fuente autónoma o con conexión a la central de alarma. La exposición pública de la ordenanza, según la propuesta que cursó el jefe de la Policía Local y que se menciona en el texto de la misma, tiene como principal finalidad recabar las opiniones de las personas y las organizaciones más representativas que se verán potencialmente afectadas por ella.

Obligaciones

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Entre las obligaciones que deberá afrontar todas aquellas personas que alojen a turistas en sus viviendas turísticas y que obtengan, para tal fin, la pertinente licencia otorgada por el Consistorio salmantino, sobre la contratación y el mantenimiento en vigor por parte del propietario de un seguro de responsabilidad civil mientras se desarrolle la actividad en el establecimiento. Dicha póliza de seguro de responsabilidad civil cubrirá los posibles daños materiales o personales que pudieran producirse como consecuencia de la actividad y de la explotación del establecimiento, con un límite mínimo de cobertura anual de 150.000 euros.

Además, en la ordenanza municipal se insiste también en que el titular del establecimiento adoptará «las previsiones necesarias» a fin de que su actividad no ocasione molestias a los vecinos y residentes.

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Los datos que maneja el Registro de Viviendas de Uso Turístico de la Junta de Castilla y León, vigente desde agosto de 2017, pone de relieve que actualmente hay más de 300 viviendas de uso turístico en la provincia salmantina. En el conjunto de Castilla y León, y siempre atendiendo a los datos de este registro autonómico, según la actualización efectuada el pasado mes de mayo, hay más de un millar de viviendas de uso turístico, siendo Salamanca la provincia que presenta el mayor número, seguida de Zamora, Segovia y León.

Descontrol

El pasado mes de julio, justo antes de que se publicara la ordenanza en la web municipal, el Ayuntamiento explicó que la nueva regulación pretende paliar los efectos de una sobreoferta descontrolada de viviendas destinadas al uso turístico, con el fin de establecer unos mínimos requisitos para dar protección a los legítimos derechos de los usuarios y de los vecinos. A ello hay que añadir la necesidad de acabar con posibles situaciones de intrusismo y competencia desleal, así como poner freno a una posible actividad opaca que pudiera producirse, con perjuicio a la calidad de los servicios turísticos ofertados por la ciudad.

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El concejal de Turismo, Fernando Castaño, ya apuntó entonces que el nuevo texto daba «seguridad jurídica a los pisos turísticos de la ciudad, pero es también un texto muy restrictivo que exige consentimiento de las comunidades de propietarios afectadas, además de introducir un régimen de sanciones estrictas para el empresario en caso de un mal uso del uso turístico por sus inquilinos, ya sea en ruidos o en todo tipo de daños».

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