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La Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) con sede en Valladolid ha admitido a trámite un recurso conjunto planteado por medio centenar de centros de formación para el empleo de todas las provincias de Castilla y León contra el ... Ecyl para que se anule la modificación introducida por la Junta en los criterios de las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de Orientación, Formación e Inserción, dotado con once millones de euros. Los recurrentes sostienen que este cambio, que afecta a la valoración de la experiencia formativa y a la de los recursos humanos de las entidades solicitantes de la subvención no se ajusta a derecho y supone, en la práctica, «una discriminación positiva que favorece a los grandes grupos de empresas regionales y nacionales y va a llevar a la extinción a las micropymes uniprovinciales».
En los últimos tres años, apuntan los promotores del recurso, las 150 asociaciones provinciales que aglutinan a las empresas de formación han quedado reducidas a 80, «lo que es síntoma de que la normativa está produciendo un cierre masivo y un par de grupos están absorbiendo a estos centros para quedarse con ellos y monopolizar el sector y, claro, quedándose con la mayor porción de la tarta de las subvenciones». Este medio centenar de centros que han dado el paso de pleitear para anular el sistema de reparto de subvenciones está fuera de Cecap (Asociaciones Castellanas y Leonesas de Academias de Enseñanza), que es la confederación de asociaciones que aglutina a la mayoría de estas empresas, integrada a su vez en la Confederación de Empresarios de Castilla y León (Cecale). Sostienen los litigantes que son empresas vinculadas a la cúpula de la patronal del sector «las que se están llevando el gato al agua y repartiéndose las subvenciones».
Las demandantes, todas del sector servicios y dedicadas a la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral como actividad principal sostienen, en concreto, que los centros domiciliados en Ávila, Palencia, Soria, Segovia y Zamora jamás alcanzarían los baremos fijados ahora por la Junta, pues el concurso acota a las empresas concurrentes de estas provincias a un máximo de tres expedientes que no van a sobrepasar las 9.450 horas, de manera que se quedarían fuera del proceso, pues no llegarían nunca a las 56.000 horas lectivas que contempla ahora la norma, «un ítem que barema, junto con el de los recursos humanos, un total de 23 puntos del total de concurso, siendo determinantes en la asignación de las subvenciones». Incluso una nueva empresa que quisiera concurrir al concurso, señalan, nunca conseguiría una adjudicación de ningún proyecto porque no llegaría a las horas de experiencia establecidas ahora ni podría competir en plantillas.
Y es que el sector, como se subraya en la demanda, «depende, prácticamente en su totalidad, de concurrir a los concursos publicitados por el Ecyl para obtener carga de trabajo para sus empresas». Por ello solicitan al TSJ que se anulen las bases impugnadas, al considerar que vulneran, entre otras normas, el principio de jerarquía normativa del artículo 9 de la Constitución y la Ley de Defensa de la Competencia.
Fuentes de la Consejería de Empleo confirmaron ayer que ya se ha remitido al TSJ el expediente impugnado, a petición del propio tribunal, si bien declinaron pronunciarse respecto de la demanda que, según indicaron, todavía no había llegado a los servicios jurídicos. También la patronal del sector de los centros de formación aseguró desconocer la existencia de este recurso que reclama la anulación de las bases del concurso para acceder a las subvenciones.
La orden de la consejería de empleo 873 de 27 de julio de 2018
Por delegación. El Servicio Público de Empleo (Ecyl) de la Junta delega en estos centros privados las políticas activas de empleo. Para ello convoca periódicamente los concursos para que estas empresas accedan a las subvenciones que les permiten impartir dichos cursos.
Fondos públicos. Los Programas de Formación, Orientación e Inserción (OFI), la Formación Ocupacional para Desempleados (FOD) y la formación contínua y la garantía juvenil están dotados con fondo públicos de la Unión Europea, del Estado y de la Junta.
Baremos impugnados. La Orden de la Consejería de Empleo 873, de 27 de julio pasado, introduce y puntúa (en total, con 23 puntos) méritos como la experiencia formativa y el número de empleados de las empresas que concurran a las subvenciones destinadas a poner en marcha los planes de empleo.
11 millones de euros suman las subvenciones convocadas para 2018 dentro del Programa de Orientación, Formación e Inserción (OFI).
1.200 empresas de formación están dadas de alta en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León.
Las demandantes. Estas empresas forman y reciclan a trabajadores, desempleados y ocupados, para dotarles de una cualificación profesional que les permita obtener los certificados que acrediten su cualificación técnica para volver al mercado de trabajo.
Competencias. La ejecución de las políticas de empleo está a cargo de la Junta, pero el Estado se reserva la regulación de las condiciones de obtención, expedición y acreditación de los certificaos de profesionalidad válidos en todo el territorio nacional. Los demandantes consideran que , con esta regulación complementaria, la Junta interfiere en las competencias del Estado.
Las alegaciones. En los concursos por concurrencia competitiva la dimensión de la plantilla no puede influir ni ser una condición discriminatoria en la baremación. Además, no aporta valor añadido al destinatario final de la formación subvencionada, el trabajador.
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