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Carlos Fernández Carriedo, consejero de Economía y Hacienda, en las Cortes de Castilla y León. G. Villamil
Castilla y León dejó de ingresar 284,7 millones de euros en 2018 por bonificaciones del Impuesto de Sucesiones

Castilla y León dejó de ingresar 284,7 millones de euros en 2018 por bonificaciones del Impuesto de Sucesiones

La Junta ha recibido el informe del CES sobre la eliminación del tributo entre allegados directos también para las herencias más cuantiosas y espera en próximos días el del Consejo Consultivo

Susana Escribano

Valladolid

Martes, 17 de diciembre 2019, 19:06

Los datos oficiales aportados por la Junta de Castilla y León en la memoria tributaria de 2018 arrojan que por los beneficios fiscales a los que se pueden acoger los contribuyentes que deben abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, tributo que grava principalmente las herencias, en supuestos de acceso a la vivienda, apoyo a la familia y fomentos del empleo la Administración autonómica renunció a ingresar 284,76 millones de euros. 62.714 contribuyentes se acogieron el año pasado a las bonificaciones previstas para un impuesto que está en proceso de reforma. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones grava los incrementos de patrimonio logrados por herencias, legados o donaciones y también por el cobro de seguros de vida. La recaudación total del año pasado ascendió a 180,23 millones de euros y la parcial de 2019, entre enero y noviembre (incluido), suma 170,597 millones de euros, según datos facilitado por la Consejería de Economía y Hacienda.

El Gobierno de coalición que dirige la Junta de Castilla y León desde el verano está solamente a falta del informe del Consejo Consultivo para dar los últimos retoques y remitir a las Cortes, ya como proyecto de ley, la supresión del pago de Impuesto de Sucesiones y Donaciones entre familiares directos en la comunidad autónoma. Es el tributo que grava las herencias. Una vez que culmine la tramitación del cambio que promueven PP y Cs, este impuesto, que ahora no se abona ya entre cónyuges y padres e hijos cuando el valor de lo herederado no sobrepasa los 400.000 euros, será historia para todos los herederos que superen ese legado. Desde el primero hasta el último euro estarán exentos, más allá de abonar un testimonial 1% de la tarifa.

La supresión de la que se beneficiarán cónyuges, padres e hijos no llegará a tíos y sobrinos, que sí deberán pagar el tributo.

Será el penúltimo cambio en un controvertido tributo que ha sufrido un buen número de modificaciones en los últimos años, desde la exención del pago entre familiares en primer grado, a la recuperación en los años duros de la crisis para la vuelta paulatina a esa desgravación del 99% (eliminación en la práctica) para cuantías que han fluctuado entre los 175.000 euros y los actuales 400.000. Por heredero, no por herencia. Las comunidades autónomas han utilizado este impuesto como velódromo fiscal para aplicar rebajas tributarias con las que competir con los territorios vecinos. Esa carrera ha propiciado comunidades en las que heredar sale gratis (caso de Madrid) y otras en las que crujen al heredero, como Asturias o Aragón.

Tributo de diseño complejo

Es un tributo que se plantea con carácter progresivo (más gravoso para bienes más altos y contribuyentes con más renta), con una tarifa que establece diferentes tipos en función de la cuantía de la base imponible de la herencia, legado, donación o cobro de un seguro de vida, el grado de parentesco del perceptor de la herencia o donación y el causante de la misma y el patrimonio previo que tiene el beneficiario. Castilla y León establece diez tipos de desgravaciones fiscales a las que pueden acogerse los contribuyentes, la más populosa es la que aplica el 99% para los 400.000 primero euros heredados. A partir de ahí, se paga según tarifa.

La Junta ha recibido ya el informe del Consejo Económico y Social (CES) de Castilla y León. El escrito aprobado por el pleno refleja la disparidad de criterios con que los colectivos que se sientan en este órgano de consulta acogen la medida fiscal. Los sindicatos CC OO y UGT incorporan al documento un voto particular, al que se han sumado los representantes de la Unión de Consumidores y las Sociedades Laborales. Argumentan que este tributo ya está «ampliamente bonificado» y que la supresión para los contribuyentes que reciben las herencias más cuantiosas empeorará la «insuficiencias de recursos públicos» que padece la Junta para «asegurar el correcto funcionamiento de todos los servicios que son de su competencia».

Heredar 'en vida'

El anteproyecto de ley que el Gobierno de Alfonso Fernández Mañueco ha remitido al CES y al Consejo Consultivo comprende una exposición de motivos, dos únicos artículos y una disposición final. El primer artículo bonifica el 99% de las herencias siempre que el beneficiario del fallecido sea el cónyuge, descendientes o adoptados o ascendientes o adoptantes. El segundo artículo intenta incentivar las herencias en vida, al aplicar la misma bonificación para «adquisiciones lucrativas inter vivos», con el requisito de que estas deberán formalizarse en un documento público. El efecto de esta supresión, que no afectará a tíos y sobrinos y demás allegados que sí pagarán, supondrá una aminoración de ingresos para la Junta de 12,5 millones de euros en 2020, porque se aplicará mediado el año, y de 35 millones de euros en 2021. Es el cálculo que el CES recoge en su informe. La recaudación total por Sucesiones y Donaciones en 2018 fue de 180,24 millones de euros.

Si en la mayor parte de los cambios introducidos en la legislatura anterior para ampliar el mínimo exento de tributación se establecía un plazo de seis meses para su entrada en vigor, con el argumento de permitir una adaptación al personal Hacienda, en esta ocasión la ley será efectiva al día siguiente de su publicación. Salvo que el Gobierno de la Junta haga un cambio de última hora o en las Cortes se modifique esa disposición vía enmiendas.

El informe del CES incide en la necesidad de buscar una «armonización» nacional de este impuesto, que califica de «controvertido», para que los ciudadanos tengan un trato fiscal ecuánime, en plano de igualdad, con independencia de la comunidad en la que residan.

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