Término municipal de San Román, donde se talaron los pinos. Rodrigo Jiménez

La Audiencia de Valladolid condena a tres cooperativistas de Matalobas por la tala de pinares protegidos

Además del año y medio de prisión para cada uno de los acusados, la sentencia de conformidad impone indemnizaciones que suman más de 27.000 euros para la Junta y los propietarios particulares de las parcelas

M. J. Pascual

Valladolid

Viernes, 31 de mayo 2019, 14:36

La Audiencia de Valladolid ha condenado por delito medioambiental a tres cooperativistas a penas de un año y seis meses de prisión para cada uno de ellos, además de imponerles multas de 12 meses con cuota diaria de 10 euros y, en caso de ... impago, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas. Según la sentencia, de conformidad, los tres acusados (administrador único, interventor y secretaria), con responsabilidad subsidiaria de Agrícola Matalobas CB, deberán indemnizar a la comunidad autónoma de Castilla y León con 19.614 euros, de los que 7.205 se utilizarán para limpiar y restaurar las parcelas en las que talaron pinares protegidos.

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Además, tendrán que indemnizar con 1.750, 1.279, 269 y 5.697 euros, respectivamente, a los cuatro propietarios particulares afectados, «cantidades que se incrementarán con el interés legal correspondiente», se señala en el fallo, hecho público esta mañana por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. También les impone las costas por terceras partes, incluidas las de la acusación particular: 2.000 euros como honorarios de letrado y el 50% de los honorarios del procurador de los tres acusados. La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

Según el relato de hechos probados, los tres socios constituyeron en 18 de diciembre de 2002 la sociedad cooperativa Agrícola Matalobas, cuyo objeto es la expoltación comunitaria de la tierra. Antes de esa fecha, los acusados ya realizaban actividades agrícolas vinculadas a cultivos de regadío en varias parcelas del polígono 11 del término municipal de San Román de Hornija (Valladolid). «En su afán de obtener el mayor rendimiento económico posible», indica, durante un largo período de tiempo,desde los años 2000 y 2001 y «con un incremento mayor» a partir de 2010 y hasta 2014, fueron transformando pinares en cultivos de regadío «hasta quedar en el centro de la superficie cultivada solo una pequeña masa arbolada de pino piñonero, arrancando los árboles y roturando parcelas no solo de su propiedad, sino perteneciente a terceras personas». Además utilizaban los terrenos forestales para «almacenar aperos y maquinaria, colocando en ellos depósitos de gasóil y productos químicos destinados al abono de sus cultivos y, en algunos lugares, vertiendo residuos de todo tipo, como restos de basura, filtros de aceite de motor y garrafas de plástico».

Las seis parcelas afectadas, tres de las cuales son propiedad de la cooperativa, están clasificadas en las normas subsidiarias municipales de San Román de Hornija como suelo no urbanizable especialmente protegido de grado dos: pinares, zonas arboladas y márgenes del Duero. Ello equivale, según el artículo 37 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, a suel rústico con protección natural. El objetivo de esta protección es «preservar las formaciones arbóreas de ribera para regular los usos agrícolas intensivos colindantes con las márgenes del río y potenciar las áreas de recreo en las mismas y en los pinares, a los que se ha impedido el libre acceso, colocando en el camino dos postes metálicos con una cadena».

La sentencia menciona asimismo la vigente Ley del Suelo, que prohibe cualquier utilización que implique transformación «de su destino o naturaleza, lesione el valor específico que se quiere proteger». La mayor parte de la superficie que ha sido roturada en esta zona procede de la tala y arranque de una masa adulta y bien consolidada de pino piñonero.

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La eliminación de la cubierta vegetal existente y la puesta en cultivo de los terrenos supone, entre otros efectos, «la degradación de los suelos, la erosión y la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por arrastre o infiltración de productos fitosanitarios e insecticidas utilizados en los cultivos».

La valoración de los daños medioambientales, calculada en 12.409 euros, se basa en el Tercer Inventario Forestal Nacional para la provincia de Valladolid y el valor de la restauración se ha fijado en 7.205 euros «teniendo en cuenta que el monte no volverá a producir sus efectos positivos medioambientales hasta transcurridos cuarenta años». Se considera también que el perjuicio es «apreciable para el medio natural y sus componentes», al haber deforestado una zona próxima a la ribera del Duero y en las cercanías del espacio natural protegida Reserva de Castronuño.

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