Fernández Mañueco y Antonio Silván. Gabriel Villamil

La Audiencia de Salamanca ordena investigar si hubo financiación ilegal en las primarias del PP que ganó Mañueco frente a Silván

La Sala considera que no se controlaron las cantidades aportadas ni el efectivo destino de las mismas

J. A.

Valladolid | Salamanca

Jueves, 4 de junio 2020, 11:35

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha estimado el recurso interpuesto por el Foro de Izquierda-Los Verdes contra el archivo decretado por el Juzgado de Instrucción número 2 de aquella ciudad en el caso de la investigación de las primarias del ... PP que enfrentaron a Alfonso Fernández Mañueco con Antonio Silván y que ganó el primero, lo que le convirtió en el candidato de la formación a la Presidencia de la Junta de Castilla y León.

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La Sala considera que debe seguir adelante la investigación penal encaminada a comprobar si existen indicios racionales de la posible comisión de un delito de financiación ilegal de un partido político o si, por el contrario, se trata del pago de una deuda ajena.

Se refieren los magistrados a la denuncia anónima que se presentó en la se aseguraba que Fernández Mañueco, entonces alcalde de Salamanca y aspirante a presidir el partido, solicitó, junto a otros dos ediles, dinero a cargos y asesores de la formación para pagar las cuotas de afiliados que no se habían abonado con el objetivo de que pudiesen votar por él durante el proceso de primarias.

Según recoge el auto de la Sala, para estas operaciones se utilizaron 60.000 euros, como consta en la denuncia. A juicio de los magistrados, «por el momento no se dispone de datos suficiente para acreditar si ese dinero se destinó al pago de cuotas debidas por los militantes o que las cantidades aportadas fueron insuficientes para atender estos pagos, de forma que habría sido necesario acudir a otras formas de financiación para cubrir el resto de cuotas adeudadas y permitir así a un mayor número de afiliados acceder al voto».

No hubo análisis en profundidad

En su auto, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca subraya que no consta en las resoluciones recurridas de que de la documentación aportada se hiciera un análisis en profundidad, con lo que no se puede deducir que de las cantidades aportadas hubo un adecuado control de las mismas y sobre su efectivo destino.

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Si esas candidades, haciendo constar quién es el donante, evitando así que fueran anónimas, se han destinado única y exclusivamente a atender las cuotas impagadas por otros militantes no podría hablarse de financiación ilegal.

Por eso, la Sala ordena retomar la investigación a Instrucción 2 de Salamanca para comprobar el destino final de las candidades aportadas y, en su caso, de haber un excedente, que el partido hubiera acudido a otras fuentes de financiación para cubrir las cuotas impagadas. En ese caso, recuerda el auto, podríamos encontrarnos ante la comisión de un ilícito penal.

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El recurso presentado por Foro de Izquierda-Los Verdes consideraba que debía investigarse, además, las coacciones, suplantación de personalidad y la falsedad documental, aunque la Audiencia Provincial niega la existencia de esos delitos.

«Posible comisión de un ilícito penal»

La Audiencia de Salamanca advierte de que el «problema que se presenta en el caso que nos ocupa es que, dada la forma en que se lleva a cabo la investigación, por el momento no se disponen de datos suficientes que acrediten que, o toda la recaudación efectuada en los términos expuestos en la denuncia y confirmado por los testigos, se ha destinado única y exclusivamente al pago de las cuotas debidas por otros afiliados o que las cantidades recaudadas fueron insuficientes para atender las cuotas debidas, de forma que habría sido necesario acudir a otras formas de financiación (en la denuncia se habla de dinero B), para cubrir el resto de cuotas adeudadas y así permitir a un mayor número de militantes acceder al voto».

La Sala argumenta también que «no consta en las resoluciones recurridas ninguna referencia precisa al examen de la documentación aportada en formato electrónico de la que pueda deducirse que, convenientemente examinada, y teniendo en cuenta las cantidades aportadas por determinados miembros del partido, de la misma se pueda deducir que se llevó a cabo el adecuado control de las cantidades percibidas y su efectivo destino».

Por ello se considera necesario agotar la investigación a efectos de comprobar el destino final de las cantidades aportadas y, en su caso, de haber un excedente, o haber acudido el partido a otras fuentes de financiación para cubrir las cuotas impagadas, se podría estar ante la comisión de un ilícito penal.

Para la reapertura de la investigación, el tribunal recuerda que el bien jurídico protegido por este tipo penal es el correcto funcionamiento del sistema de partidos y el desempeño de las funciones que constitucionalmente tiene asignadas, por lo que se pretende la transparencia en la financiación, la igualdad de oportunidades entre las distintas fuerzas políticas y la democracia interna de los partidos.

Así, «el injusto específico del delito sería la alteración del funcionamiento de sistema de partidos tanto en lo que se refiere a la igualdad de oportunidades entre ellos, la quiebra de la democracia interna y la oligarquización de las organizaciones políticas, esto es, el desarrollo normal de las funciones que constitucionalmente tienen atribuidas, como es el pluralismo político, conformación y manifestación de la voluntad popular y el desarrollo de la participación política, según lo dispuesto en el artículo 6 CE», concluye.

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