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Miércoles, 15 de febrero 2017, 14:02
El Consejo de Cooperación Local de Castilla y León aceptó hoy los cambios introducidos por el Consejería de la Presidencia en el anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley de Policías Locales de la Comunidad, entre cuyas novedades figura la integración de ... los vigilantes municipales que cumplan con los requisitos legalmente establecidos, de titulación y de formación en la categoría de agentes de la Policía Local.
El vicepresidente de la Junta y consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez, presidió esta mañana la reunión en la que se explicaron las modificaciones y el objetivo que persigue con esta normativa, en cuya elaboración se ha contado con la participación de los interesados directamente o a través de sus organizaciones representativas, así como con la participación ciudadana.
Según informa Presidencia, las modificaciones presentadas hoy en el Consejo de Cooperación Local de Castilla y León tienen como objetivo lograr un modelo de organización policial local más coherente, ya que permite que las funciones de policía sean ejercidas, exclusivamente, por policías locales. También, se ha considerado «oportuno» con esta reforma actualizar el régimen disciplinario de la Policía Local, para que redunde en una mayor seguridad jurídica y evitar «posibles confusiones y errores».
La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León de 2003 establece que, en los municipios donde no exista Cuerpo de Policía Local, se podrán crear plazas de vigilante municipal, que ejercerá las funciones encomendadas a los Cuerpos de Policía Local y que ostentará el carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de las mismas.
De esta forma, aquellos ayuntamientos que no contaban con población o recursos suficientes para dotarse de un cuerpo, podían cubrir la necesidad de una figura con carácter de agente de la autoridad y demás funciones de policía administrativa -en la actualidad, existen en Castilla y León 42 vigilantes municipales, en 21 municipios-.
Se consideraba entonces que los vigilantes tenían una menor carga de trabajo, menos conflictividad y menor exposición al riesgo, por lo que se les clasificó en un grupo funcionarial inferior y se prohibió la dotación de arma de fuego. No obstante, se les ha dado una formación básica similar a la Policía Local.
Presidencia explica que con el paso del tiempo han surgido nuevas circunstancias, como la mayor incidencia de trabajo y el incremento de la conflictividad, especialmente en los alfoces de las ciudades, la identidad de la uniformidad con los policías locales, exponiéndose al mismo riesgo sin dotación de elementos disuasorios, o la confusión terminológica con los vigilantes de seguridad privada, que aconsejan revisar esta figura.
Estas circunstancias justifican el paso que se da en este anteproyecto de ley, que consiste en integrar a los vigilantes municipales que cumplan con los requisitos legalmente establecidos, de titulación y de formación, en la categoría de agentes de la Policía Local, detalla el departamento de De Santiago-Juárez.
De esa manera, considera que se da así, además, debido cumplimiento a la Resolución de 7 de abril de 2015 del Procurador del Común y a la Proposición No de Ley aprobada en las Cortes de Castilla y León de 23 de febrero de 2016 en tal sentido.
Transparencia
La Ley Orgánica de 2010 que aprueba el Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía contempla, expresamente, que su contenido también es de aplicación a los Cuerpos de Policía Local, por lo que ha perdido su sentido el régimen de infracciones y sanciones de los Policías Locales que hasta ahora regulaba la Ley de Policías Locales de Castilla y León, por lo que desaparece en el nuevo texto. Respecto a los vigilantes en situación «a extinguir» que queden, se les aplicará el estatuto y el régimen disciplinario correspondiente a cualquier otro funcionario de la Administración local.
Presidencia informa de que, con carácter previo al inicio de la tramitación del borrador del anteproyecto de ley, se han mantenido reuniones con la Asociación de Vigilantes Municipales de Castilla y León y con los 21 municipios que cuentan en sus plantillas con vigilantes municipales y se les ha dado participación directa a través del trámite de audiencia.
De este modo, se han introducido en el texto originario modificaciones provenientes tanto de la participación de los interesados directamente o a través de sus organizaciones representativas en el trámite de audiencia como de la participación ciudadana a través del portal institucional Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León.
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