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Quinta sesión de juicio por el crimen de Astorga en la Audiencia Provincial.

La Fiscalía mantiene la petición de 32 años y medio de prisión al acusado del crimen de Astorga

Las conclusiones mantienen las primeras peticiones de pena y el Fiscal añade el delito de libertad vigilada y el agravante de género | La acusación personal y Fiscalía señalan que «no hay dudas de que no hubo nada accidental» y critican que se intente justificar el asesinato por las infidelidades: «Los delitos de adulterio finalizaron en 1963»

Viernes, 19 de marzo 2021, 11:40

La Fiscalía y las acusaciones han mantenido sus peticiones de prisión (32 años y seis meses en el primer caso y de 34 y seis meses en el de la acusación de la persona herida) por el crimen de Astorga contra el acusado, A. A. ... A., en la quinta sesión de este juicio, donde se han presentado las conclusiones antes de que el jurado popular dicte sentencia.

El Ministerio Fiscal mantiene su petición de 32 años y medio de prisión al acusado del asesinato de una mujer en Astorga en julio de 2018 a causa de un disparo. Las conclusiones de la quinta jornada del juicio contra A. A. A. han sido ratificadas con el mantenimiento de esta solicitud de pena: 25 años por homicidio y siete años y seis meses por por un delito de asesinato en grado de tentativa.

En esta sesión, la Fiscalía ha dejado claro que se trató de «un asesinato con alevosía y no de un homicidio» y ha afirmado que, tras analizar toda las pruebas presentadas, «queda manifiestamente claro que el acusado sabía lo que hacía».

Por ello mantienen esta solicitud de pena de 32 años y medio, además de una indemnización de 50.000 euros a cada uno de sus dos hijos, de 22.000 euros a J.G. y de 5.418 euros a Sacyl. A los delitos atribuidos por la Fiscalía al acusado se les añade el de libertad vigilada por el hecho de «comprobar los mensajes que tenía en el móvil» y el agravante de género.

En el caso del vecino y amante de la víctima, el Ministerio Fiscal reconoce que hay un «asesinato en grado de tentativa», algo que también es «irrefutable» porque el disparo se produce «entre 1,35 y 1,45 metros» y la desviación fue «mínima». «No pudo ser accidental, es totalmente intencionado», ha añadido la Fiscalía.

«No pudo ser un disparo accidental»

En el caso del vecino y amante de la víctima, el Ministerio Fiscal reconoce que hay un «asesinato en grado de tentativa», algo que también es «irrefutable» porque el disparo se produce «entre 1,35 y 1,45 metros» y la desviación fue «mínima». «No pudo ser accidental, es totalmente intencionado», ha añadido la Fiscalía.

El Ministerio Fiscal ha destaca que es «irrefutable» que una mujer falleció con un disparo en la cabeza en su domicilio y otra persona resultó lesionada en dicho domicilio. «La disparó para matarla, también a su vecino, no en un forcejeo. No es algo accidental, como el acusado manifestó aquí», ha señalado.

En este aspecto, ha insistido en que el disparo va dirigido a una zona «vital» como la cabeza, con un disparo «perpendicular» y muy cercano. «La mano estaba en la cara, porque la bala entra por el dorso de la mano. Es un signo claro de defensa. El acusado era Policía Nacional y aficionado a la caza: sabía lo que era un arma, lo que podía provocar y no pidió auxilio para la víctima porque sabía que estaba muerta», ha relatado.

«La infidelidad no justifica el asesinato»

La Fiscalía también ha asegurado que la autopsia ha revelado que la violencia era «anterior», con diez golpes previos al disparo para «arrebatarle el móvil y ver los mensajes» de la víctima. Por ello, ha insistido en que es un «asesinato con alevosía» y ha descartado que «estuviera ofuscado, que tuviera un trastorno mental». «No se enteró ese día de la infidelidad, como manifestó aquí el acusado, porque ya había hablado de ello con el psiquiatra y psicólogo. No era un hecho nuevo», ha añadido.

Además, el Ministerio Fiscal ha dejado claro que las infidelidades «no son objeto de este juicio» y ha recalcado que eso «no justifica la muerte». «Los delitos de adulterio finalizaron en 1963», ha añadido.

El agravante de género se ha incluido, ha afirmado el Ministerio Fiscal, porque «el delito se produce contra la víctima por el simple hecho de ser mujer, porque la mujer debe comportarse como se espera de ella». En este sentido, las pruebas han comprobado, según la Fiscalía, que el acusado «tenía una obsesión con demostrar que su mujer le estaba siendo infiel, estaba pendiente de enseñar esos mensajes».

La acusación del herido: «Como no se sometió al acusado, acabó con su vida»

La acusación personal de la persona herida (J. M.) también ha mantenido su petición de 22'5 años de prisión y por el grado de tentativa otros 12 años contra el acusado. «Pese a pactar con la víctima practicar una vida independiente, el acusado no permitó que mantuviera relaciones con otras personas, que no se sometiera a él. Como esto no se dio, acabó con su vida», ha explicado.

Después de mostrar su «total acuerdo» con las conclusiones de la Fiscalía en una muestra de «esa mentalidad de que la mujer debe de estar plegada totalmente a la voluntad del hombre», la acusación de la persona herida ha mostrado su «indignación» con que se haya abierto el debate sobre si la víctima «era una adúltera».

«No se dio nada por supuesto desde el primer momento pese a que había un factor muy claro: el acusado había disparado el arma. Incluso él mismo se ha autoinculpado en esta sala», ha señalado el letrado.

La acusación del herido rechaza la idea de que fueran «disparos accidentales» y ha afirmado que incluso el acusado ha caído en «contradicciones»: «Confesó que disparó al herido con la intención de lesionarle». «Ha envuelto todo en una capa de imputabilidad, de estar enajenado», ha añadido.

«No puedes disparar a zonas vitales como la cabeza y el pecho, a muy cercana distancia, sin intención de muerte», ha expresado el letrado, que ha destacado el factor «sorpresa» que ha impedido que la víctima y el herido «pudieran defenderse».

«Mi cliente tuvo suerte de que el disparo se desvió unos centímetros para que la bala no llegara al pulmón o al corazón, o que le dejara paralizado para que el acusado le siguiera disparando. El demandante forcejeó para evitar un segundo disparo, el intento de más disparo era claro», ha relatado el letrado, rechazando la idea de que le quisiera arrebatar el arma para disparar al acusado: «Apliquemos el sentido común». «Apostamos por la vida y por la libertad o apostamos por la muerte o por el sometimiento», ha apostillado.

La acusación popular: «Tenía que humillarla, no sólo matarla»

El abogado de la acusación popular – Asociación Clara Campoamor – ha querido dejar claro que la víctima (M. I. A. L.) «tenía derecho a la libertad, a decidir sobre su propia vida». «Nadie se lo podía limitar ni quitar y el acusado la mayó por decidir libremente sobre su vida. Estamos en 2021, no en 1940, como ha parecido en esta sala por momentos», ha criticado.

El letrado ha lamentado que se haya centrado la atención «en la infidelidad y no en el crimen». Acerca del crimen, ha expresado que la víctima era consciente «de que la iba a disparar, incluso le dio tiempo a taparse». «Estoy seguro de que le suplicó que no lo matara, como hubiéramos hecho todos. Pese a todo, lo hizo. Tenía que humillarla, no solo matarla. Es una prueba más de sometimiento», ha señalado.

Respecto al disparo al herido (J. M.), el letrado ha afirmado que si ha sobrevivido «sólo es porque el acusado falla» y ha considerado que «queda probado que quería matarle». Ha destacado también las «incoherencias» del acusado (A. A. A.) ya que habla de «un impulso» pero su relato de los hechos, según este abogado, no se da porque «primero empuja a la víctima y luego la dispara».

También rechaza la idea de que estuviera ofuscado porque «si fuese así, tras disparar a la víctima, hubiera llamado a los servicios de emergencias y no subir al piso de arriba a continuar con su noche de matanza». «En todo momento ha dado sensación de tranquilidad, de haber hecho lo que tenía que hacer. Cuando llegan los policías, les muestra el móvil, como justificando lo que ha hecho», ha asegurado.

El letrado de la acusación popular ha resaltado que no vale, según su opinión, como atenuante que haya reconocido el crimen porque «no nos ha contado aún cómo lo ha hecho». Acerca del agravante de género, el abogado ha explicado que se sostiene porque «mata a su mujer porque es suya, nadie más podía estar con ella». «Lo controlaba todo y en ningún momento ha mostrado verdadero arrepintimiento por lo que ha hecho», ha apuntado.

El letrado de la defensa: «Es una imprudencia grave, no un asesinato»

El abogado de la defensa ha mantenido su petición de absolución y la declaración de oficio de las costas porque «los hechos no han sucedido tal y como han relatado las acusaciones». «Para que sea asesinato, tiene que haber voluntad, intención de matar. Eso no ha quedado demostrado», ha expresado.

El letrado mantiene que el acusado mantenía una relación de amistad, «incluso eran confidentes», con el herido, mientras que con la mujer había iniciado la intención de «separarse» despué de irse a casa de su hija dos meses antes del crimen. En este relato de los hechos, el abogado de la defensa recuerda que la víctima y el acusado se acostaron juntos a las 23:00 horas y media hora después ella se fue a otra habitación contigua porque «el acusado roncaba».

Al levantarse para ir al baño a las 2:30 horas, ver la luz de la habitación encendida y escuchar los sonidos de los mensajes del móvil, entró «a ver qué estaba sucediendo». «La intentó coger el móvil para leer los mensajes y cuando los leyó, perdió el control», ha afirmado la defensa, que insiste en que «el arma estaba en ese habitación, no la llevaba el acusado en todo momento».

El letrado ha considerado que se trata de una «imprudencia grave porque el índice nunca puede estar en el gatillo» y ha mantenido que es un «disparo accidental». «La apuntó con el revólver, la víctima se abalanzó sobre el acusado y la repelió, disparándose el arma de forma accidental», ha relatado. Por otro lado, sobre el disparo al herido, J. M., la defensa ha insistido en que «no hay intención de matar» porque «el vecino sale a pecho descubierto y estuvieron hablando unos 30 segundos, como él mismo dijo, tiempo más que suficiente para disparar y acabar con su vida».

El abogado del acusado también ha querido destacar el talante «siempre colaborador» de A. A. A. al que «no hizo falta ni ponerle las esposas» para ser arrastrado. También ha rechazado los agravantes de parentesco y de género: «El suceso no tiene nada que ver con que la víctima sea mujer».

En este sentido, defiende el estado de «ofuscación total» del acusado, algo para lo que el letrado se ha apoyado en los testimonios de los vecinos que, asegura, señalaron que «estaba fuera de sí, loco» y que «siempre había sido una buena persona y reflexiva».

Por último, el acusado, A. A. A., en el alegato final, no quiso añadir nada más. El lunes, a a las 10:00 horas, el jurado popular recibirá el objeto de veredicto para dictar sentencia.

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