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Sábado, 5 de noviembre 2016, 11:41
El Tribunal Supremo ha ratificado la condenada de año y medio de prisión para el maragato Aitor Cuervo Taboada por un delito de enaltecimiento del terrorismo al remarcar que eldiscurso de odio en las redes sociales no está aparado por la libertad de expresión.
Aitor Cuervo, que dice ser poeta, publicó entre 2011 y abril de 2014 una "intensa" cantidad de mensajes, vídeos o imágenes con un contenido "claramente ensalzador" de los GRAPO o ETA y de menosprecio a víctimas, como el concejal del Partido Popular de Ermua Miguel Ángel Blanco, dice la sentencia hecha pública este jueves.
A mí no me da pena alguna Miguel Ángel Blanco, me da pena la familia desahuciada por el banco", aseguraba el tuitero que en el juicio aseguraba que no sentía pena por el edil porque para él "es un desconocido y no ha tenido el placer de conocerlo".
"Tengo la botella de champán preparada para el día que se retome la lucha" o "si al final Aznar regresa de pleno a la política activa, espero que ETA lo haga también, para equilibrar la balanza", es otro ejemplo de los mensajes que colgó en Twitter.
El Supremo entiende que comportamientos de este tenor no merecen la cobertura de derechos fundamentales como la libertad de expresión o ideológica dado que el terrorismo constituye la más grave vulneración de los derechos humanos de los que lo sufren.
De esta forma, el alto tribunal desestima el recurso interpuesto por el acusado quien alegó que la Audiencia Nacional no había sopesado las detalladas explicaciones sobre cada una de las frases que había realizado en el acto del juicio.
En la misma línea, en su resolución la Audiencia Nacional aseguraba que en este caso "la capacidad de difusión de mensajes inaceptables penalmente y frente a los que la política de prevención del crimen debe ir por delante", indica la resolución.
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