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óscar b. de otálora
Jueves, 27 de abril 2017, 13:49
La moción de censura es una modalidad de reprobación al Gobierno, que consiste en destituir al presidente. La Constitución de 1978 incluye esta fórmula en su versión 'constructiva'. Es decir, la fuerza política que la plantee debe proponer candidato a la jefatura del Ejecutivo el caso de que la iniciativa salga adelante. Este sistema pretende evitar el vacío de poder que se daría en el caso de que los diputados sí rechazaran al presidente, pero no se pusieran de acuerdo para designar a un sustituto.
La modalidad incorporada en la Carta Magna pretende evitar situaciones de inestabilidad institucional como las que se produjeron en España y Europa en el siglo XIX y a principios del XX . En esa época, las mociones eran 'negativas' -no incluían la exigencia de nombrar a un nuevo presidente-, por lo que se utilizaban como una herramienta más de la batalla política y generaron gobiernos débiles y con limitado margen de maniobra. En esta búsqueda de la estabilidad, los padres de la Constitución establecieron unos rígidos requisitos para sacar adelante una moción de censura en España. Son los siguientes:
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