Secciones
Servicios
Destacamos
Mateo Balín
Martes, 26 de abril 2016, 13:05
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite la querella que interpuso el exministro José Manuel Soria contra la diputada de Podemos Victoria Rosell por delitos de retardo malicioso en la Administración de Justicia, prevaricación y cohecho. En cambio, el ... ponente de la admisión, el presidente de la sala Manuel Marchena, ha rechazado los otros dos delitos de injurias y calumnias que figuraban en la querella al valorar que la expresiones vertidas por Rosell contra Soria venían amparadas por la libertad de expresión que prevalece sobre el honor o dignidad, en especial cuando los afectados son titulares de cargos públicos.
La sala adopta la decisión de investigar los hechos relacionados con la demora en la tramitación de las diligencias previas número 644/2014, atribuidos a Rosell cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas. Una vez que los magistrados han recabado la documentación que consideraban oportuna para determinar su propia competencia, así como la relevancia penal de los hechos, ahora explican en su auto de admisión que se tendrán que practicar las diligencias necesarias con el fin de concluir o descartar si la demora en la tramitación "estuvo relacionada con el deseo de favorecer las relaciones comerciales entre Carlos Sosa- persona con la que la señora Rosell convive y mantiene una relación afectiva- y el imputado en aquellas diligencias, el empresario Miguel Ángel Ramírez".
El auto explica que la fase de investigación que ahora comienza deberá dilucidar si las distintas resoluciones dictadas en el marco de aquellas diligencias, más allá de su cobertura formal, incluso de su aparente procedencia, "no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo de la señora Rosell, que, según él querellante, buscaba enriquecer a su pareja".
Una "coartada"
En definitiva, según la sala, se trata de afirmar o excluir si bajo la dilatada tramitación de aquel proceso se escondía un distanciamiento tal del principio de imparcialidad que las decisiones adoptadas "no habrían sido sino una coartada llamada a camuflar el irreparable quebranto de los principios y deberes estatuarios que legitiman el ejercicio de la función jurisdiccional".
La resolución se basa también en los documentos solicitados por la sala, como el informe remitido por el promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo del Poder Judicial, cronológicamente anterior a los nuevos datos aportados en la ampliación de la querella, así como los testimonios de la declaración prestada por Miguel Ángel Ramirez, en la que se aludió a la existencia de pagos continuados a Carlos Sosa, hechos por los que se investigará un delito de cohecho. El instructor de la causa será el magistrado del Supremo Juan Ramón Berdugo.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.