Castilla y León
CASTILLA Y LEÓN
La Junta realiza un plan de apoyo al sector del juego
La normativa prevé cuotas reducidas para empresas operadoras, siempre que mantengan en 2012 la plantilla anterior y mantengan el parque de máquinas
Ical
13/03/2012 (10:49 horas)
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La Consejería de Hacienda publica este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl) la orden por la que se regula el régimen transitorio de tributación de la tasa fiscal sobre el juego que grava las máquinas recreativas y el juego del bingo durante el año 2012 con el fin de favorecer la reactivación de este sector afectado “gravemente por la crisis económica”.

La normativa, que modifica otra orden de 2009, se ajusta a lo aprobado recientemente en la Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras de Castilla y León, que entró en vigor el 1 de marzo, en un apartado de incentivos y bonificaciones fiscales a este sector que fue reprobado por los grupos de la oposición en las Cortes.

Así, la normativa prevé cuotas reducidas a máquinas tipo B instaladas en bares y cafeterías en las que no se hubieran implantado otras desde hace dos años, en salones de juego y en casinos. Este beneficio tiene un carácter temporal y esta vinculado a que las empresas operadoras no reduzcan, a lo largo de 2012, la plantilla global con respecto a la existente en 2011 y también a que mantengan el número de máquinas autorizadas a 1 de enero de 2012.

También se prevé cuotas bonificadas para las empresas operadoras que decidan incrementar el parque de máquinas instaladas con respecto a la existente en el año 2011. Por su parte, la novedad en el juego del bingo radica en la minoración de los tipos aplicables, que en el caso del bingo electrónico se reduce el gravamen del 30 por ciento al 25 y en el no electrónico el tipo es del 35 por ciento, de carácter temporal y para aquellas salas que aumenten su plantilla sobre la de 2010 o abran por primera vez.

En concreto la normativa, que prevé los efectos desde el 1 de enero de 2012 aunque la ley de Medidas entró en vigor el 1 de marzo, regula la tributación de la tasa fiscal sobre el juego que grava las máquinas recreativas o aparatos automáticos durante 2012, sobre el juego del bingo no electrónico, sobre el juego del bingo electrónico y modifica el plazo de entrega de la tasa del bingo, que de un ingreso mensual pasa a trimestral, excepto para los meses de octubre y noviembre, que se establece para el 20 de diciembre y para éste el 20 de enero.

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