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INFORMÁTICA
Fabricantes de ordenadores obligados a devolver el coste de licencias Windows en Italia
Para el 99% de la población es perfectamente válido y cómodo comprar un ordenador que enciendes y tiene Windows
Horses of Corte di Cassazione- Storm Crypt
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@minipunk
25/10/2014 (18:15 horas)
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Después de una larga batalla jurídica, la Suprema Corte di Cassazione en Italia, ha confirmado en última instancia, que los usuarios que compren cualquier tipo de hardware con software preinstalado como es el caso del sistema operativo Windows, tienen el derecho a la devolución del importe de la licencias si no aceptan los términos de las mismas una vez iniciado el sistema.

Con ello se pretende proteger la libertad de elección del usuario y favorecer la libre competencia entre las empresas, estableciendo que para la compra de un ordenador o cualquier otro tipo de hardware no es preciso asumir forzosamente la licencia de software.

Ante las trabas y dilaciones que algunos fabricantes de PCs estaban poniendo al cumplimiento efectivo de la sentencia, La Asociación para los Derechos de los Usuarios y Consumidores (ADUC), junto con la Free Software Foundation Europa y la Sociedad Italiana Linux, han iniciado una campaña en la que instan directamente a la Autoridad de la Competencia y el Mercado para que esto se lleve a la práctica, sospechándose según la ADUC la existencia de acuerdos ocultos entre Microsoft y la mayoría de fabricantes (HP, Sony, Lenovo, etc..) para eludir la sentencia y socavar los derechos del consumidor.

A efectos prácticos esto significa que los fabricantes de hardware además de estar obligados a devolver los costes de la licencias preinstaladas, también deben indicar el valor del reembolso en los envases, folletos y estanterías donde se comercializa.

En la petición también se solicita que se debe indicar en la web del fabricante, en una página de fácil acceso, información completa, precisa y actualizada sobre el procedimiento que deben adoptarse para el reembolso de la licencia de software.

Y todavía más importante que no se pueda rechazar o demorar el cumplimiento de la devolución por procedimientos complejos, costosos o innecesarios utilizando artimañas como puede ser enviar el dispositivo a un centro de servicio técnico, como ha sido el caso de ASUS que solicitaba que lo enviaran a sus instalaciones en los Paises Bajos.

Fuentes | FSF | Marco’s Box | ADUC

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