Castilla y León
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ADE ofrece 50 millones de euros para financiar los proyectos empresariales
La línea destinada a pymes y mid-cap y fija un crédito mínimo de 300.000 euros y siete millones de máximo
Ical
24/10/2014 (11:31 horas)
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La Comisión Ejecutiva de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE) publica hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) una convocatoria para acceder a la concesión de préstamos destinados a financiar proyectos empresariales en Castilla y León, por valor de 50 millones de euros. La partida económica disponible se enmarca en el acuerdo de financiación suscrito con los fondos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) y las solicitudes se podrán presentas hasta el 30 de octubre de 2015.

El acuerdo pretende atender el contexto económico actual, donde la demanda de las empresas va dirigida a la financiación de sus proyectos de inversión y necesidades de capital circulante. Dadas las dificultades para acudir a los mercados financieros, desde el organismo que depende de la Consejería de Economía y Empleo se ve necesario facilitar el acceso a la financiación en unas condiciones adecuadas a través de préstamos.

Por ello, se pretende facilitar el acceso a la financiación como un factor determinante en el impulso del desarrollo económico regional, ya que la mejora de las condiciones financieras en el tejido empresarial, según ADE, llevará al incremento de la competitividad y a la creación de nuevos puestos de trabajo. Las aplicaciones presupuestarias y el crédito destinado a financiar la presente convocatoria son las aprobadas por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad. En caso de que se liberen créditos correspondientes a operaciones no formalizadas de convocatorias anteriores, podrán tramitarse modificaciones presupuestarias al objeto de ajustar el crédito disponible.

Podrán ser beneficiarios de los préstamos contemplados en este programa las empresas con ánimo de lucro, personas físicas o jurídicas, que puedan ser consideradas pequeñas y medianas empresas autónomas denominadas, o empresas de mediana capitalización autónomas 'mid-cap', que desarrollen un proyecto de inversión en alguno de sus centros productivos en Castilla y León, o en el caso de proyectos de circulante, éste corresponda a las necesidades de circulante de los centros productivos regionales.

La empresa deberá acreditar sus condiciones de solvencia económica y financiera para la realización del proyecto y garantizar su capacidad de reembolso del préstamo concedido, en las condiciones y plazo que se fijan en la convocatoria, así como contar con patrimonio neto positivo. En casos donde exista algún procedimiento ejecutivo contra la empresa, deberá justificarse de manera razonada y aportarse la documentación e información precisa, a fin de poder analizar dicha situación con carácter previo a la evaluación de la Comisión de Análisis, Evaluación y Operaciones.

Empresas excluidas

Quedarán expresamente excluidas de los préstamos las sociedades civiles, comunidades de bienes u otras agrupaciones de personas físicas carentes de personalidad jurídica. Tampoco podrán beneficiarse de la financiación compañías que han sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de contratar con la administración u obtener subvenciones o ayudas públicas. Igualmente, quienes hayan solicitado la declaración de concurso voluntario; hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento; que estén declaradas en concurso salvo que en éste haya adquirido la eficacia de un convenio; o estén sujetas a una intervención judicial.

También, quedan excluidas las empresas que hubiesen sido declaradas culpables a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración; no estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma de Castilla y León; o tengan la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

Los proyectos empresariales serán financiables en todos los sectores con las excepciones de fabricación de armamento, armas y munición; juegos de azar y el material relacionado; fabricación, el procesamiento o la distribución de tabaco; actividades que implican la utilización de animales vivos con fines experimentales o científicos; y actividades cuyo impacto sobre el medio ambiente sólo puede ser atenuado o compensado en muy escasa medida.

A su vez no tendrán cabida las actividades controvertidas por razones éticas o morales, por ejemplo la investigación sobre la clonación de seres humanos; promoción inmobiliaria; actividades meramente financieras, por ejemplo el comercio con instrumentos financieros; sector de la minería energética; actividades que puedan ser financiadas con los préstamos a las industrias agrarias o alimentarias que financia el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

Inversiones y gastos financiables

Las inversiones y los gastos que se pueden financiar como parte del proyecto pasan por la adquisición, renovación o extensión de activos tangibles nuevos o de primer uso. En este caso figuran traídas y acometidas de servicios, urbanización y obras exteriores; edificación de obra civil; bienes de equipo consistentes en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos y equipos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y protección del medio ambiente y prevención de riesgos laborales; así como servicios de electricidad, gas, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales y otros ligados al proyecto; estudios previos de viabilidad; e inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, etc.

Además, se contemplan en el ámbito de los prestamos inversiones en activos intangibles como costes de desarrollo, planificación y financiación durante la fase de construcción de un activo tangible. Los activos inmateriales pueden consistir en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados siempre que sean explotados exclusivamente en el establecimiento objeto del préstamo; se consideren elementos del activo amortizable; sean adquiridos a un tercero en condiciones de mercado y figuren en el activo de la empresa.

A su vez se cubrirán las necesidades de capital circulante a medio y largo plazo y los préstamos se pueden utilizar para proporcionar una base de capital circulante estable que permita a las empresas financiar las obligaciones derivadas de su ciclo comercial como parte de sus actividades normales. Las categorías financiadas pueden incluir, entre otros, los fondos necesarios para pagar materias primas, insumos de fabricación, inventarios y costes indirectos, fondos para financiar a deudores comerciales y otros créditos no comerciales. ADE proporcionará un préstamo de al menos dos años para financiar el capital circulante que refleje una necesidad financiera a largo plazo de la empresa.

Características de los préstamos

Los préstamos serán a tipo de interés variable destinados a financiar con carácter exclusivo el proyecto considerado financiable. El importe mínimo será de 300.000 euros y máximo no podrá sobrepasar los siete millones. El límite máximo de la cantidad concedida para financiar inversiones podrá alcanzar hasta el 70 por ciento del coste del proyecto elegible y, en el caso de circulante, el importe no podrá exceder del 50 por ciento.

El tipo de interés variable será el resultado del sumatorio del coste de la financiación para la ADE de este programa de préstamos, que estará referenciado al Euribor y un diferencial fijo a vencimiento que será de, al menos, 100 puntos básicos, sobre la base de un año de 360 días. Se podrá establecer un plazo de carencia de amortización del principal con un máximo de 24 meses y el plazo de amortización de los préstamos concedidos para inversiones tendrá una duración mínima de 24 meses y máxima de 120 meses, incluido el periodo de carencia.

Los préstamos destinados a financiar circulante tendrán una duración máxima de 72 meses, incluido el periodo de carencia, y en cuanto a la amortización la devolución se realizará mediante el pago de cuotas fijas más los intereses devengados correspondientes, con vencimiento trimestral o semestral, conforme se establezca en la resolución. Por su parte, el prestatario tiene la facultad de proceder al reembolso total o parcial del préstamo, mediante notificación dirigida a la ADE con un preaviso mínimo de 15 días hábiles.

En el caso de retraso en el pago de alguna de las sumas debidas en virtud de las resoluciones adoptadas sobre los préstamos, se devengarán por días naturales sobre la base de un año de 360 días. El tipo de interés aplicable será el interés de demora correspondiente aprobado en la Ley de Presupuestos. Los importes vencidos y no satisfechos se capitalizarán como aumento de capital debido y generarán, a su vez, nuevos réditos al tipo de interés moratorio que resulte del párrafo anterior. La ADE no repercutirá a la empresa prestataria comisión de apertura, ni de gestión ni por cancelación anticipada. Se repercutirá una comisión de estudio equivalente al 0,50 por ciento del préstamo otorgado, con un mínimo de 1.500 euros. Este importe se descontará en el momento de ingresar el préstamo a la beneficiaria. 

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