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J.L.B.
San Andrés
Viernes, 14 de julio 2017
La juez del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de León ha desestimado el recurso interpuesto por el que fuera alcalde de San Andrés, Gregorio Chamorro, contra el acuerdo plenario en el que se acordó el paso de dedicación exclusiva a parcial, con una remuneración parcial de ... 1.800 euros.
Según la sentencia de abril de 2017 a la que ha tenido acceso leonoticias, el exalcalde habría recibido de forma irregular la mitad de su salario durante su mandato al compaginar su cargo con la de profesor en una academia preparativa de oposiciones.
Los hechos se remontan a febrero de 2012 cuando, a propuesta del grupo municipal socialista se acordó, vía moción por tramitación de urgencia in voce, el paso de dedicación exclusiva a dedicación parcial del entonces alcalde Gregorio Chamorro. El Pleno voto la moción con el resultado de 11 votos a favor de la misma y 10 en contra.
En ese momento y por acuerdo plenario se decidió conceder al regidor una dedicación parcial pasando a percibir 1800 euros en vez de los 3600 euros que venía ingresando mensualmente. Dicha moción fue presentada ya que el Chamorro era docente en una academia de formación de la ciudad de León, algo que la ley reguladora de las bases de Régimen Local (LBLR) no permite.
Si según la citada ley no es posible cobrar una dedicación total como regidor de un ayuntamiento y trabajar, ya sea como autónomo o por cuenta ajena. A ello suma el hecho de que Goyo Chamorro tampoco solicitó la compatibilidad para el ejercicio de otras funciones, un hecho por el que el exalcalde ya había sido condenado por la Audiencia Nacional en el año 98.
Una decisión contra la que Chamorro solicitó medidas cautelares que le fueron concedidas, lo que le permitió tras cinco meses cobrando media retribución recuperar el montante total de su salario como alcalde.
El ex regidor presentó un recurso contencioso administrativo contra la decisión del pleno argumentando una vulneración de la competencia y el procedimiento por parte del pleno, falta de pruebas por los trabajos realizados, vulneración del derecho a la función pública en condiciones de igualdad y un ejercicio arbitrario de las potestades administrativas y abuso de poder.
Todos y cada uno de los argumentos presentados, según consta en la sentencia, han sido rebatidos y desautorizados por la juez, hasta el extremo que en su argumento de “falta de pruebas de los trabajos realizados” el mismo Chamorro reconoció en el pleno del día 23 de febrero de 2012 que estaba dando clases en una academia de León y por tanto la juez entiende que no se ha generado indefensión, como así alega el recurrente.
Tampoco aprecia la existencia de la vulneración de derechos fundamentales al que apeló Chamorro al entender que no se podría conceder el mismo régimen retributivo al alcalde que a los concejales dado que “el nivel de dedicación y responsabilidad es mucho mayor”. Sin bien la juez entienda que no existe obstáculo alguno en admitir que un alcalde pueda percibir una retribución por dedicación parcial, “siempre que ésta sea razonable”.
La juez apela a la Ley de Incompatibilidades del personal de las Administraciones Públicas que remarca la imposibilidad de ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas incluidas las de carácter profesional bien por cuenta propia o al servicio de entidades o particulares.
Según consta en la sentencia el recuso ha sido desestimado pudiendo presentar un recurso de apelación ante el TSJ de Castilla y León. Si el recurso no prosperara el Ayuntamiento podría reclamar al ex edil Goyo Chamorro más de 70.000 euros en caso de que solo se compute lo cobrado irregularmente desde la fecha de la moción hasta el final de legislatura.
Si se probara que la percepción de la nómina no fue ajustada a derecho durante toda la legislatura, ya que el mismo reconoció dar clases y no haber solicitado la compatibilidad, el importe al que Goyo Chamorro se puede enfrentar a la devolución de 86400 euros a las maltrechas arcas del ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo.
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